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El Concejo aprobó una modificación a la Ordenanza 2310 para ampliar los usos permitidos en el Distrito de Servicios

La reforma incorpora, bajo determinadas condiciones y controles, actividades productivas e industriales que hasta ahora no estaban contempladas. El objetivo es adecuar la normativa a la realidad productiva actual, facilitar nuevas inversiones y resolver dificultades de habilitación de empresas radicadas en el sector.
CiudadHace 2 horasJorge TribouleyJorge Tribouley

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En la sesión ordinaria del jueves 24 de septiembre, el Concejo Municipal de Sunchales aprobó por unanimidad un despacho que modifica y complementa la regulación establecida por la Ordenanza N.º 2310/2013, normativa que creó el denominado Distrito de Servicios.

La reforma busca ampliar el abanico de actividades que pueden desarrollarse en ese sector de la ciudad, incorporando determinadas actividades productivas e industriales, aunque sujetas a condiciones específicas vinculadas con la categorización industrial, el impacto ambiental, los ruidos, olores, emisiones, tránsito y las características del entorno urbano.

La Ordenanza 2310 había establecido originalmente un sector destinado principalmente a Servicios Básicos (US1) y Servicios con Restricciones (US2), contemplando además usos complementarios y condicionados.  

Una normativa creada hace más de una década

Plano Area de Servicios

Durante el debate, el concejal oficialista Juan Astor explicó que la Ordenanza 2310 surgió en un contexto diferente al actual y que originalmente el Distrito de Servicios fue concebido como un espacio destinado a actividades de servicios, diferenciadas de las industriales.

Según señaló, con el crecimiento de la ciudad y la evolución de las necesidades productivas, comenzó a advertirse una zona gris entre determinadas actividades de servicios y las industriales.

En ese sentido, sostuvo que la reforma procura permitir nuevas radicaciones y, al mismo tiempo, posibilitar que algunas empresas ya instaladas puedan ampliar o desarrollar sus actividades, siempre que se garantice la convivencia con el entorno urbano.

“La delgada línea que diferencia los servicios de un uso industrial es efectivamente bastante fina”, planteó Astor durante la sesión.

El edil remarcó que el desafío consiste en equilibrar el desarrollo económico con la protección del entorno, evitando que las nuevas actividades generen molestias vinculadas con tránsito, ruidos, olores, vibraciones o emisiones.

Qué actividades industriales podrán incorporarse

Uno de los principales cambios está relacionado con la posibilidad de admitir actividades productivas e industriales como uso general y complementario al uso de servicios previsto originalmente por la Ordenanza 2310.

De acuerdo con la fundamentación presentada en el recinto, se habilita el desarrollo de actividades correspondientes a los patrones industriales 1 y 2, mientras que también podrá admitirse el patrón industrial 3, aunque bajo condiciones específicas.

En todos los casos, la autorización estará condicionada al cumplimiento de los parámetros establecidos y a la evaluación de las características particulares de cada emprendimiento.

En cambio, queda expresamente excluido el uso industrial nocivo.

Astor explicó que esta diferenciación busca evitar la instalación de actividades incompatibles con un entorno urbano próximo a sectores residenciales.

Entre las actividades mencionadas a modo ilustrativo durante el tratamiento aparecen el montaje de equipos y estructuras, manufactura de productos plásticos, metálicos, textiles o de fibra, servicios técnicos especializados con procesos productivos, depósitos y actividades logísticas, entre otras.

El listado no es cerrado, dado que —según se explicó— la dinámica productiva hace difícil establecer de manera definitiva todas las actividades que pueden desarrollarse actualmente o en el futuro.

Condiciones ambientales y de convivencia

La ampliación de los usos no implica una habilitación automática. Uno de los principales ejes de la reforma está puesto en las condiciones que deberán cumplir las empresas.

Entre ellas se establece que la generación de ruidos, olores, vibraciones y emisiones deberá mantenerse dentro de los parámetros admitidos para una zona de servicios, conforme a la normativa ambiental vigente y a la correspondiente categorización ambiental.

También se contemplan condiciones específicas para los emprendimientos que utilicen resinas, solventes u otras sustancias volátiles.

En esos casos deberán adoptarse medidas de mitigación, como sistemas de captación, tratamiento y abatimiento de emisiones, aprobados por la autoridad ambiental competente.

Además, podrán establecerse mayores retiros respecto de los límites de los predios linderos y restricciones para las etapas de mayor intensidad de emisión, incluyendo limitaciones horarias cuando así surja de los dictámenes técnicos correspondientes.

El almacenamiento y manejo de solventes y sustancias volátiles deberá ajustarse, asimismo, a las normas vigentes en materia de seguridad e higiene.

Evaluación previa para cada emprendimiento

Otro de los aspectos centrales de la modificación es que las empresas que soliciten una habilitación dentro de las actividades comprendidas deberán presentar una memoria descriptiva del proceso productivo, suscripta por un profesional competente.

El documento deberá incluir, entre otros aspectos, los insumos utilizados, los equipos involucrados, las distintas etapas del proceso, las emisiones esperadas y los sistemas previstos para su tratamiento o mitigación.

Esta documentación será utilizada por el área municipal competente para determinar el cumplimiento de las condiciones exigidas por la nueva normativa.

También se contempla la necesidad de analizar el flujo de vehículos de carga que genere cada actividad y su compatibilidad con la infraestructura vial existente en el sector, mediante el correspondiente dictamen técnico.

Controles periódicos

La nueva regulación también establece un esquema de seguimiento sobre las actividades que sean habilitadas.

El Departamento Ejecutivo deberá intensificar los controles de cumplimiento de las condiciones establecidas y realizar inspecciones periódicas, con una frecuencia no inferior a un año, además de exigir informes de seguimiento a los titulares de las actividades.

De esta manera, las condiciones ambientales y operativas no serán evaluadas solamente al momento de otorgar la habilitación, sino también durante el funcionamiento de los emprendimientos.

Una planificación integral para el Distrito de Servicios

Otro punto destacado durante el debate fue la necesidad de avanzar en una revisión más profunda de la planificación del sector.

El despacho encomienda al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de las áreas correspondientes, la elaboración de una planificación urbana integral del área comprendida por la Ordenanza 2310, con el objetivo de adecuar la zonificación vigente a la realidad productiva actual.

Según explicó el concejal justicialista Fernando Cattaneo, esta planificación deberá contemplar las distintas intensidades de uso que pueden convivir dentro del sector. El plazo establecido para la elaboración de esta planificación es de 180 días corridos desde la promulgación de la nueva ordenanza.

Cattaneo señaló que la reforma aprobada representa una respuesta a necesidades inmediatas planteadas por empresas que encontraban dificultades para obtener sus habilitaciones, pero sostuvo que el proceso deberá continuar con un análisis más profundo de la normativa. En ese sentido, coincidió con Astor en que la modificación no necesariamente constituye una solución definitiva, sino un paso previo a una eventual revisión integral de la Ordenanza 2310 y de las normas generales de clasificación de usos de suelo.

El edil libertario Sebastián Nicolau destacó el trabajo realizado entre el Concejo y el Departamento Ejecutivo para alcanzar el acuerdo que permitió avanzar con la reforma. Según explicó, el proceso comenzó a partir de planteos realizados por empresas radicadas en el Distrito de Servicios que encontraban dificultades vinculadas con sus habilitaciones.

Nicolau vinculó la modificación con la necesidad de fortalecer la inversión privada y la generación de empleo, y sostuvo que la reforma permitirá solucionar inconvenientes que afectaban a inversores y emprendedores que continúan apostando por Sunchales. “Esto es un primer paso y lo celebramos”, manifestó el edil.

Por su parte, Cattaneo destacó que la Ordenanza 2310 fue sancionada en 2013, en un contexto en el que la ciudad contaba con disponibilidad de lotes en otras áreas destinadas a la instalación de industrias. Con el paso del tiempo y la ocupación de esos espacios, comenzaron a surgir dificultades para determinadas actividades productivas que requieren características mixtas entre servicios e industria.

Posteriormente, el despacho fue sometido a votación y aprobado por unanimidad.

Abstención de la concejal Laura Balduino

Antes del tratamiento del despacho, la concejala Laura Balduino solicitó su abstención, tal como —según expresó— había hecho durante las reuniones previas vinculadas con el tema. La edil explicó que la decisión obedecía a que el proyecto involucra parcialmente a una empresa cuyos propietarios son familiares directos. La solicitud de abstención fue puesta a consideración del cuerpo y aprobada.

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