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Punto por punto, las claves de la derogación de la Ley de Etiquetado Frontal

El texto oficial argumenta que la aplicación de la normativa vigente, basada en los parámetros de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), evidenció severas "limitaciones técnicas, regulatorias, operativas y económicas" que justifican su eliminación total.
General26 de mayo de 2026 NA

Ley de etiquetado frontal

El Poder Ejecutivo Nacional envió al Congreso de la Nación un proyecto de ley para derogar la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable N° 27.642, conocida popularmente como la Ley de Etiquetado Frontal. 

La iniciativa ingresó este sábado al Senado. El texto lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni, y el ministro de Salud Mario Lugones.

El texto oficial argumenta que la aplicación de la normativa vigente, basada en los parámetros de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), evidenció severas "limitaciones técnicas, regulatorias, operativas y económicas" que justifican su eliminación total.

A continuación, los puntos principales y fundamentos del proyecto oficial:

Derogación total: El proyecto consta de un articulado directo que establece la derogación de la Ley N° 27.642 en su totalidad, la cual entraría en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial. Esto incluye la quita de los octógonos negros de advertencia y las restricciones asociadas a publicidad, entornos escolares y uso de personajes infantiles en los envases.

Críticas al sistema "binario" y confusión al consumidor: El Gobierno señala que el modelo de perfil de nutrientes actual aplica parámetros homogéneos sobre matrices alimentarias muy diferentes, sin considerar las porciones reales consumidas ni la densidad nutricional. 

Según el Ejecutivo, esto genera situaciones inconsistentes donde alimentos tradicionales y saludables reciben advertencias equivalentes a las de productos ultraprocesados, provocando "interpretaciones simplificadas o poco precisas" y confusión en el comprador.

Falta de incentivos para la industria: La Casa Rosada argumenta que la estructura binaria del sistema (contiene o no contiene la advertencia) no premia los esfuerzos de las empresas por realizar mejoras parciales o graduales en la composición nutricional de sus productos dentro de una misma categoría.

Asimetrías en el Mercosur y perjuicios a PyMEs: El mensaje enviado al Parlamento advierte que la falta de armonización regional en materia de rotulado frontal genera trabas operativas dentro del Mercosur, obligando al sector a fabricar envases diferenciados. 

Esta situación afecta especialmente a las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs), que enfrentan costos fijos de cumplimiento proporcionalmente más elevados, lo que podría incentivar la concentración del mercado.

Rigidez normativa: Se cuestiona que numerosos aspectos metodológicos y técnicos hayan sido incluidos directamente en el cuerpo de la ley, lo que impide que el sistema se adapte de forma ágil y dinámica a los nuevos consensos científicos internacionales o a las actualizaciones de las Guías Alimentarias para la Población Argentina (GAPA).__IP__

Garantía de la información tradicional: El Ejecutivo aclaró que la medida no elimina las obligaciones de información nutricional de los alimentos envasados. La declaración obligatoria de valor energético, azúcares, grasas y sodio continuará plenamente vigente bajo el Código Alimentario Argentino y el sistema armonizado del Mercosur (Resoluciones GMC N° 44/03 y 46/03), complementado por las leyes de lealtad comercial y defensa del consumidor.

Con este envío, el Gobierno solicitó al Congreso el "pronto tratamiento y sanción" de la norma para avanzar hacia un esquema que califica como "técnicamente más consistente, uniforme y adaptable".

#AgenciaNA 

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