
Seguirá preso el sujeto que robó en la Escuela "Florentino Ameghino"
El juez de la IPP, Javier Bottero hizo lugar a lo requerido por el fiscal, disponiendo la prisión preventiva por el término de 90 días.
El magistrado sostuvo que el hábeas corpus “ya ha sido tratado en el ámbito correspondiente” y es “ajeno a nuestro debate”. El monto total de la presunta estafa ya llega a los 8 millones de dólares.
Judiciales13 de diciembre de 2024 La Opinión de RafaelaEn la tarde del martes 10, en una maratónica audiencia que se prolongó durante 4 horas, en la sala 3 de los tribunales penales de Rafaela se llevó a cabo una audiencia clave en el conocido como “Caso Spaggiari”, relacionado a una presunta megaestafa piramidal con cientos de ahorristas damnificados en Rafaela y la Región.
La audiencia en la causa caratulada como “Spaggiari Fernando Luis; y Otros s/ Estafa” tuvo como propósito la revisión de las medidas cautelares y apelar la prisión preventiva de los hermanos Fernando y Matías Spaggiari -que transitan en la unidad carcelaria de Coronda-; cuyo fallo del 16 de agosto de este año, dictado por el juez de IPP Gustavo Bumaguín, disponía no hacer lugar al pedido de la defensa; mantener las prisiones preventivas y las cauciones reales dispuestas oportunamente con los montos dispuestos también oportunamente.
Esto ocurre pocos días después que se haya realizado otra audiencia clave en este caso, donde los abogados defensores de los Spaggiari, pidieron en un habeas corpus medidas de protección a sus defendidos luego que hubieran recibido una brutal golpiza por parte de agentes penitenciarios en el lugar donde se encuentran alojados, haciendo temer por su integridad física.
Esta audiencia estuvo presidida por el juez Sergio Enrique Alvira. Se recuerda que ya en una audiencia del 6 de marzo de este año, el mismo juez tomó idéntica resolución confirmando la prisión preventiva de los principales imputados.
Formaron parte de la audiencia por parte de la acusación el fiscal de la Sección Criminalidad Económica y Compleja de la Fiscalía Regional 5 Rafaela, Guillermo Loyola; y entre los abogados querellantes, los Dres. Pablo Maier y Carolina Miño, el Dr. Rafael Juárez, y el Dr. Juan Manuel Chiappero.
Por la defensa técnica de los imputados hicieron lo propio los Dres. José María Silvela y Andrés Colón representando a Fernando y Matías Spaggiari, a su madre Mirta C., y a Miriam B. La abogada defensora María Cecilia Alamo, representando a Cristian C., Cristian F. y Carlos C.; y el abogado Juan Manuel Lovaiza, representando a Carolina Sch.
Estuvieron presentes de manera presencial los imputados Carolina Sch., Mirtha C., Miriam B., Cristian F. y Cristian C.; en tanto que participaron por videoconferencia desde Coronda los hermanos Fernando y Matías Spaggiari.
Iniciado el debate judicial los abogados defensores expresaron sus agravios.
En primer lugar la Dra. Alamo refirió que en la audiencia del 16 de agosto pasado ante el juez Bumaguín se presentaron 319 reconocimientos de deuda y compromisos de pago por parte de sus defendidos, y que todos estos eran elementos nuevos en la causa, para la revisión de las cautelares y que el juez Bumaguín no las tuvo en cuenta.
Alamo agregó que la afirmación del magistrado es contradictoria en si misma y que no hay evidencia que algo vicie los consentimientos de deuda, pidiendo por lo tanto que anule y revoque la resolución de primera instancia.
En segundo término, el abogado José María Silvela pidió el levantamiento de la inhibición de bienes que pesa sobre los Spaggiari y su madre, agregando que disienten con la calificación penal del hecho.
El letrado agregó además que no hubo coacción ni mala fe para la firma de los convenios de pago hacia las víctimas. Agregó Silvela que se embargaron bienes pero no se hizo la “cuantificación” de los bienes embargados, por lo que el Grupo no está condenado pero despojaron de sus bienes a los mismos.
Los tres defensores -Alamo, Silvela y Colón- al mismo tiempo afirmaron que “hay un desfasaje entre lo que se reclama y lo que verdaderamente se adeuda”; agregando Colón que “oportunamente se presentó un plan de pago”.
Siguió Colón: “el entorpecimiento probatorio ha perdido todo tipo de proporcionalidad. No hay ninguna prueba de esto”. Agregó: “al contrario, sufrieron apremios ilegales y torturas por parte del Servicio Penitenciario de Coronda que se mantiene hasta el día de hoy. Pedimos que esto sea tenido en cuenta por su integridad física para el resto del proceso”, indicó.
Colón añadió que tampoco existe peligro de fuga ya que, “en el punto 9 de la sentencia de quiebra a los hermanos se les prohíbe salir del país”, por lo que este aspecto ya estaría contemplado.
Por último, este defensor pidió la libertad bajo medidas alternativas para sus pupilos, y proponer “guardadores” para Fernando y Matías Spaggiari, para que se resguarde su estado físico; solicitando entonces también “que se revoque el fallo de primera instancia”.
Llegado ya el punto en el que el fiscal Guillermo Loyola hizo uso de la palabra sosteniendo las acusaciones a los imputados, este sostuvo que, “los convenios y reconocimiento de deuda no son nuevos, y tampoco hay nada nuevo en cuanto a lo presentado por la Defensa”.
El Fiscal añadió que, “va a diferir el cálculo de la deuda ya que nosotros partimos del monto de capital”, agregó que, “las coacciones fueron declaradas por las víctimas” y que “los Spaggiari ofrecían pagar con quitas a los montos”.
Apuntó que, “los bienes embargables de los hermanos Spaggari eran insuficientes para las deudas que tenían […] los bienes son insignificantes en comparación a la deuda y al perjuicio económico a las víctimas”.
Loyola sostuvo además que, “es necesario el mantenimiento de la prisión preventiva para los hermanos Spaggiari y su madre. Los mínimos legales y las penas en expectativa van a ser muy elevadas para ellos”, señaló.
Concluyó el fiscal: “respecto de los apremios ilegales recibieron la atención médica que requerían, y en Coronda no se manifestó que hayan ocurrido nuevos incidentes”. “Me parece extremista decir que corren peligro de muerte, por lo que solicito que se confirme íntegramente el fallo del juez Bumaguín”, concluyó.
En este punto es necesario señalar información actualizada puesta de manifiesto por el fiscal Loyola y el abogado querellante Dr. Pablo Maier.
Loyola informó que existían un total de 300 denuncias (estafas) imputadas y que se sumaron 230 víctimas nuevas, por lo que el total de víctimas actuales asciende a unas 530 en total.
Asimismo, Maier sostuvo que la deuda total de las estafas asciende a U$S 8 millones (8 millones de dólares) y $7,5 millones (7 millones y medio de pesos argentinos).
Finalmente y antes de que el juez Alvira emita su resolución oral, hicieron uso de la palabra -desde la cárcel- los hermanos imputados que se refirieron a varios puntos, y también algunas víctimas.
Algunos de los comentarios de los hermanos detenidos fueron que.
* “Desde el primer día tenemos la voluntad de cumplir con la gente”;
* “Somos una familia de bien y lo que es de la gente es para la gente”;
* “Aquí en Coronda el peligro de muerte sigue existiendo”;
* “No entendemos las insistencias en que no vamos a cumplir”.
Posteriormente -y como es su derecho- hicieron uso de la palabra algunas de las víctimas, que más allá de las graves situaciones que debió afrontar cada una, en momentos de necesidad y angustia, centraron su reclamo en “saber dónde está la plata”. Pregunta que hasta el día de hoy no ha hallado respuesta.
Quizás si los imputados respondiesen esa incógnita su situación procesal se haría más liviana y menos gravosa, pero esta respuesta aún no vio la luz, siendo la central en una gran parte de los reclamos de los inversores-ahorristas.
Luego de casi 4 horas de debate llegó el turno de la resolución del juez Alvira: confirmó la resolución apelada -el fallo anterior-, por lo que los hermanos y su madre imputados seguirán en prisión preventiva.
En su minucioso análisis desde el punto de vista doctrinario legal, el juez sostuvo que, “los hechos nuevos no son suficientes para revocar las cautelares” y que “el fallo anterior no puede ser nulo”.
El magistrado consideró además que, “la existencia de convenios no era una cuestión nueva. Había convenios con posterioridad y esto ya se trató en la audiencia de primera instancia”.
Posteriormente y al igual que las víctimas, el Juez reflexionó que, “lo que se trata de determinar es dónde fue ese caudal de dinero”.
Se preguntó Alvira: “¿Hay elementos nuevos para decir que no hubo asociación ilícita ni estafas? No, no los encuentro”, dijo. Prosiguió: “¿Siguen existiendo los riesgos procesales? Nada de todo lo nuevo aminora los riesgos procesales, siguen iguales, sin variación”.
Finalizó Alvira: “lo único nuevo es el habeas corpus que ya ha sido tratado en el ámbito correspondiente, por el juez de primera instancia y por el juez de Ejecución Penal [Nicolás Falkenberg]. Este resolvió que continúen en el Penal de Coronda, pero esto es ajeno a nuestro debate”, finalizó, dando por terminada la audiencia.
El juez de la IPP, Javier Bottero hizo lugar a lo requerido por el fiscal, disponiendo la prisión preventiva por el término de 90 días.
El plazo de vencimiento es el 12 de marzo y la documentación se debe presentar de manera personal. Esta es la causa específica para poder adquirir su derecho a cobrar en un futuro, cuando se liquiden los bienes.
El sujeto fue acusado formalmente por un ilícito ocurrido el 6 de enero de este año, cuando se alzó con una mochila con dos millones de pesos que estaba junto a una ventana corrediza en las instalaciones del Club Unión.
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