El Gobierno Nacional habilitó a talleres mecánicos particulares para realizar la VTV: ¿Qué pasa en Santa Fe?

La Provincia analiza si adhiere a los cambios nacionales en la VTV. La Agencia Provincial de Seguridad Vial confirmó que por ahora no habrá modificaciones y siguen vigentes los 28 centros de inspección habilitados.
País03 de junio de 2026 El Eco de Sunchales

VTV

El Gobierno Nacional dio un nuevo paso en la desregulación del transporte automotor con la actualización del régimen de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) y la creación del Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos.

A partir del trabajo articulado entre el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, la medida fue publicada hoy en el Boletín Oficial (Resolución 32/2026) con el objetivo de:

  • Simplificar los procesos administrativos
  • Aampliar la oferta de servicios para los usuarios
  • Garantizar las condiciones técnicas indispensables 
  • Mantener los estándares de seguridad vial en un marco más flexible y eficiente

Según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas, se busca impulsar la modernización del sistema y promover un esquema más competitivo, eficiente e integrado. 

De esta manera, la reforma reemplaza mecanismos cerrados, fragmentados y burocráticos por un modelo más simple, interoperable y previsible para quienes viven, trabajan y circulan en todo el territorio argentino.

¿Dónde se podrá realizar la verificación técnica?

Las verificaciones de vehículos particulares, comerciales, de pasajeros o carga, antiguos y especiales podrán realizarse en cualquiera de los establecimientos inscriptos en el Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos.

Es decir que, con esta normativa, los usuarios podrán realizar la revisión técnica vehicular que corresponda en su taller de confianza, siempre que el mismo cumpla con los requisitos técnicos exigidos y se encuentre inscripto en el registro. 

Esto posibilita cumplir con la necesaria verificación técnica  a través de un procedimiento más ágil, previsible y accesible, lo cual elimina restricciones injustificadas que, según se informó oficialmente, puedan impedir la libre interacción entre la oferta y la demanda.

Los plazos para la revisión técnica:

Primera inspección:

  • Vehículos particulares 0km: 5 años.
  • Vehículos cargas y pasajeros 0km: hasta 12 meses máximo.

Revisión periódica: 

  • Vehículos particulares: hasta 10 años: cada 24 meses. Más de 10 años: cada 12 meses.
  • Vehículos no particulares (cargas y pasajeros): cada 12 meses.

¿Qué pasa en Santa Fe con la RTO?

Si bien el gobierno nacional dispuso varios cambios en torno a la ley de tránsito y seguridad vial, Santa Fe no adhirió a la nueva reglamentación de la RTO. Esto implica que no se ampliaron los plazos para los controles ni se habilitó la inscripción de nuevos talleres.

Hasta el momento, la provincia sólo oficializó cambios vinculados al trámite de las licencias de conducir profesionales, otra de las cuestiones cuya reforma se impulsó en 2025 desde la Casa Rosada. En abril del año pasado se firmó un convenio para implementar el permiso interjurisdiccional de las clases C, D y E. Meses más tarde, el decreto provincial 2.641/25 definió los nuevos plazos de vigencia para estas habilitaciones.

¿Cuándo hay que la RTO en Santa Fe y cuánto cuesta?

Santa Fe cuenta con 28 centros de inspección habilitados. La RTO cuesta 75.000 pesos y se trata de un precio único, definido por la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV).

Los controles pueden demorar entre 15 y 20 minutos a la hora de ir al taller con un auto particular. No obstante, los plazos de vigencia varían de acuerdo al tiempo de circulación:

  • Primera inspección de un cero kilómetro a los 3 años.
  • Segunda y tercera inspección: cada 2 años.
  • A partir de los 7 años de antigüedad, se repite una vez por año.

A diferencia de estos plazos, la normativa nacional dispone que la RTO inicial de un cero kilómetro particular se realizará al cabo de 5 años y luego de 12 meses en el caso de los transportes de carga o pasajeros. En cuanto a las revisiones periódicas, la regulación fija los siguientes períodos:

  • Vehículos particulares con una antigüedad máxima de 10 años: cada 24 meses.
  • Particular con más de 10 años de antigüedad: cada 12 meses.
  • Vehículos no particulares (cargas y pasajeros): cada 12 meses.
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