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Aprueban una nueva Ordenanza para la regulación del servicio de remises

Uno de los cambios más significativos de este proyecto es la incorporación y regulación formalmente del uso de plataformas digitales, aplicaciones móviles y sistemas electrónicos de intermediación. También se decidió extender la vida útil de los vehículos de 10 a 15 años de antigüedad máxima.
Ciudad16 de mayo de 2026 Concejo Municipal de Sunchales
Concejo 31-3-26

En la Sesión Ordinaria del jueves 14 de mayo, el Concejo Municipal de Sunchales aprobó una nueva Ordenanza para la regulación del servicio particular de alquiler de autos con chofer.

El objetivo fue actualizar la legislación local vigente en la materia, ya que la norma que se aplicaba había sido aprobada en el año 1997.

El proyecto fue presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal, el cual fue modificado en el trabajo en Comisión y debatido también con personas que desarrollan la actividad regulada.

En el artículo Nº 1 se dispuso que el servicio particular de alquiler de autos con chofer, coloquialmente conocido como servicio de remis, es un servicio privado de interés público prestado mediante automóviles habilitados por la autoridad municipal, sin recorrido fijo ni paradas predeterminadas, solicitado en forma directa por el usuario.

También se expresa que su contratación es siempre previa al inicio del viaje y puede realizarse de forma presencial, telefónica o mediante sistemas digitales, incorporando aquí las nuevas aplicaciones móviles que existen en el rubro. 

Fundamentos

La concejala Brenda Torriri fue la responsable de fundamentar la iniciativa aprobada, quien destacó los aspectos y cambios más importantes que fueron incorporados en el texto definitivo. 

Contratación del viaje 

Uno de los cambios más significativos de este proyecto respecto a la normativa vigente hasta hoy radica en la modernización de las modalidades de contratación. Mientras que la Ordenanza de 1997 sólo preveía el contacto personal o telefónico, este nuevo texto incorpora y regula formalmente el uso de plataformas digitales, aplicaciones móviles y sistemas electrónicos de intermediación. Esta innovación permite que, en las contrataciones digitales, el valor del viaje pueda ser libremente convenido entre el usuario y el prestador antes de iniciar el trayecto, garantizando que el precio sea informado de manera clara y quede registrado en el sistema.

No se legisla para nombres propios, sino para una actividad específica, dejando en claro que no se apunta a una empresa en particular, sino a establecer reglas generales para cualquier modalidad de intermediación tecnológica que opere dentro del servicio de transporte de pasajeros. Por ello, en lugar de prohibir o desconocer estas nuevas modalidades, la propuesta busca integrarlas al sistema existente mediante reglas claras de habilitación, control y fiscalización.

Infraestructura exigida para operar

Se introdujo una flexibilización para las agencias. La normativa anterior obligaba a toda agencia, sin distinción, a poseer un local físico con sala de espera y baño. Ahora se diferencia a las agencias según su escala: aquellas que administran entre dos y seis vehículos quedan exceptuadas de la obligatoriedad de contar con un local físico, facilitando su operatividad. Sin embargo, para las agencias de siete vehículos o más, se mantiene la exigencia del local exclusivo y la obligación de garantizar la prestación del servicio las 24 horas, todos los días.

Parque automotor 

Se decidió extender la vida útil de los vehículos de 10 a 15 años de antigüedad máxima, siempre que se encuentren en perfecto estado de conservación y superen la Verificación Técnica Vehicular obligatoria. Se simplificó la carga burocrática para los prestadores al establecer que las renovaciones de la habilitación municipal sean anuales, coincidiendo con la habilitación comercial, eliminando así el antiguo esquema de renovaciones semestrales que resultaba tedioso y fragmentado.

Libreta de sanidad 

Se introduce una simplificación administrativa al eliminarla como requisito obligatorio para los choferes. Esta decisión se basa en que las aptitudes de salud ya son verificadas por la autoridad competente al otorgar la licencia de conducir profesional categoría D1, permitiendo que el nuevo marco legal se enfoque en la capacitación anual obligatoria de los conductores.

Marco jurídico 

Una de las novedades más destacadas es la definición del servicio de remis como un "servicio privado de interés público", lo que otorga al Municipio un marco jurídico más sólido para su fiscalización y control. En este sentido, se establece por primera vez la responsabilidad solidaria entre las agencias y los permisionarios. Esto significa que, ante cualquier daño o perjuicio ocasionado a terceros durante la prestación del servicio, tanto la agencia que coordina como el dueño del vehículo son legalmente responsables.

Seguridad y derechos

La nueva norma define el derecho de admisión para los choferes bajo supuestos claros, como conductas violentas del pasajero o estados de salud de riesgo, en cuyo caso el conductor debe dar aviso inmediato a los servicios de emergencia. Asimismo, se modernizan las exigencias de confort y seguridad pasiva, obligando a los vehículos a contar con iluminación interior suficiente que debe utilizarse obligatoriamente durante el ascenso y descenso nocturno de pasajeros. También se detalla la obligatoriedad de transportar perros guía y elementos de asistencia para personas con movilidad reducida sin ningún tipo de recargo, bajo pena de sanciones severas.

Sanciones

El nuevo esquema se basa en Unidades Fijas (UF) de la Agencia Provincial de Seguridad Vial y reemplaza al antiguo sistema de "cánones", lo que asegura que las multas mantengan su valor disuasorio frente a la inflación. Se introduce un novedoso Registro de Apercibimientos para agencias y permisionarios: la acumulación de cinco faltas cometidas por sus choferes en un año calendario activará automáticamente multas agravadas para los titulares, incentivando un mayor control interno por parte de quienes administran el servicio. Este enfoque sistémico, sumado a la capacitación anual obligatoria en trato digno y no discriminación, transforma al remis en un servicio mucho más profesionalizado y humano.

Luego del detalle de la concejala Torriri, también sumó sus conceptos el edil Juan Ignacio Astor, para afirmar que “la nueva Ordenanza regula lo necesario a los efectos de garantizar un buen servicio de transporte. Se avanza en lo que se puede controlar y exigir, no tiene sentido que sea algo imposible de cumplir y una normativa inaplicable en cuanto a las nuevas plataformas digitales. Incluso porque opera en protección de los mismos vecinos que trabajen bajo esta modalidad, su servicio y su emprendimiento. Destaco el trabajo de todos los bloques y el acuerdo alcanzado”.

El edil Fernando Cattaneo cerró las expresiones, quien remarcó que la actualización aprobada no significa que se hayan quitado requisitos: “Se buscó unificar trámites y procesos para reducir costos y tiempo, pero no genera eso una laxitud de los requisitos mínimos que garanticen la seguridad de los pasajeros. Hemos sido muy estrictos”.

 

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