
La UNL creó el Centro Universitario Rafaela Sunchales y tendrá una carrera propia en 2026
Por unanimidad, la Asamblea Universitaria aprobó la institucionalización del CURS, que es sede desde hace 12 años. Actualmente hay 200 estudiantes.
La Justicia de Santa Fe rechazó un amparo presentado por el exintendente de la ciudad de Santa Fe, Mario Barletta, mediante el cual se exigía la presencialidad tiempo completo en la Provincia. La jueza Civil y Comercial de 1ª Nominación, Viviana Edit Marín, rechazó este martes un amparo presentado por el exintendente de la ciudad de Santa Fe, Mario Barletta, mediante el cual solicitaba que en el ámbito de la Provincia las clases se desarrollen 100% de forma presencial. Barletta había asegurado que las normativas del gobierno provincial “generan y agregan daños psicológicos y físicos que soportan niños, niñas y adolescentes en el proceso de aprendizaje”. Además, había sentenciado que “como se ha demostrado en el mundo, la presencialidad es posible. No es la escuela un ámbito de contagios”.
Educación31 de marzo de 2021 Diario CastellanosSin embargo, la magistrada rechazó la solicitud, luego de que el Estado provincial expusiera sus argumentos. Entre los considerandos de la Resolución, a la que accedió Aire Digital, la jueza Marín expresó que “en el presente proceso se invoca la afectación del derecho a la educación de todos los niños, la causa involucra derechos de incidencia colectiva referidos a intereses individuales homogéneos, conforme la clasificación que ha hecho la Corte Suprema de Justicia de la Nación” y añadió que “en dicho precedente la Corte estableció que la procedencia de las acciones colectivas para la defensa de este tipo de derechos requiere la verificación de una causa fáctica común, una pretensión procesal enfocada en el aspecto colectivo de los efectos de ese hecho y la constatación de que el ejercicio individual no aparece plenamente justificado”. En cuanto al planteo de competencia, la magistrada advirtió que “lo que se ataca en rigor de verdad es la decisión adoptada por el Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe, que ha sido dictada en virtud de una Resolución del Consejo Federal de Educación No 364/2020. Por lo tanto, si lo que se pretende es la declaración de inconstitucionalidad de una norma nacional, deberá ocurrir ante el Juzgado Federal correspondiente”. En el mismo sentido, Marín resaltó que “la provincia demandada cuenta con facultades para establecer en su territorio todas las medidas de prevención que considere adecuadas, en el contexto de la particular situación de emergencia sanitaria de efectos mundiales” aunque advierte que “estas potestades deben ejercerse de modo razonable y respetando siempre estándares constitucionales y convencionales concernientes a los Derechos Humanos”.
“En definitiva, no se observa en las medidas adoptadas por la provincia, en particular por las circulares emitidas por el Ministerio de Educación, ilegalidad y/o arbitrariedad manifiesta, como así tampoco atento a que no lo ha alegado ni lo ha probado, no existe agravio irreparable alguno”, subrayó la jueza.
En cuanto a las críticas vertidas por Barletta, la Resolución firmada por la jueza Martí indica que “la actora realiza una demanda general y abstracta, sin afirmar perjuicios concretos o comprobables que me permitan considerar que la reglamentación del Estado Provincial no obedezca a estos parámetros. Esto es, que de la lectura de las Circulares N° 022/2020 y la N°001/2021, resultan ambas efectuadas a partir de un trabajo mancomunado de los sectores ejecutivos, coordinado con autoridades sanitarias, científicas, educativas, en las que se evidencia que la intención de retomar las clases educativas, presenciales, en un modo progresivo, es una realidad que debe efectuarse de acuerdo con protocolos y planes de acción que en este caso fueron confeccionados por el Consejo Federal de Educación”. Asimismo, señala que “lo que si corresponde, por parte del gobierno provincial es garantizar a los niños, niñas y adolescentes la conectividad en los periodos de alternancia con la presencialidad, a los fines de evitar cualquier tipo de inequidad en la educación”. “En definitiva, no se observa en las medidas adoptadas por la provincia, en particular por las circulares emitidas por el Ministerio de Educación, ilegalidad y/o arbitrariedad manifiesta, como así tampoco atento a que no lo ha alegado ni lo ha probado, no existe agravio irreparable alguno”, subrayó la jueza.
Por unanimidad, la Asamblea Universitaria aprobó la institucionalización del CURS, que es sede desde hace 12 años. Actualmente hay 200 estudiantes.
A contrapelo de lo que sucede en el país, donde la matrícula de graduados del magisterio creció un 54% en la última década, en Santa Fe los nuevos docentes fueron apenas un 3% más.
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Los profesores dicen que la cantidad de alumnos con asignaturas pendientes es un problema anterior a la crisis sanitaria, que lo incrementó en forma notable.
La representante de la agrupación Educación Popular del oficialismo, obtuvo el 55% del total de los sufragios emitidos. En la elección provincial, hubo un contundente triunfo de Rodrigo Alonso, cosechando casi el 65% de los votos, renovando el mandato.
En un reciente estudio realizado por Gallup y la Walton Family Foundation se destacó que en el caso de los docentes del segmento K-12 en Estados Unidos, el 90% asegura tener algún nivel de estrés provocado por el trabajo.
El hecho ocurrió en la mañana del pasado lunes. El juez Nicolás Stegmayer resolvió su prisión preventiva en una audiencia celebrada este miércoles 16 y podría recibir una pena de entre 4 a 10 años.
Según detallaron, cualquier persona, sea cliente o no del banco, puede solicitar el préstamo digitalmente únicamente con su DNI. Cuáles son las tasas.
Independientemente de los años que vienen ocupando la banca algunos senadores y diputados, el 10 de diciembre de 2027 comenzará a computarse como primer mandato, pudiendo ser reelegidos por un único período consecutivo. Por lo tanto, podrán permanecer hasta el 2035 ostentando el cargo si son reelegidos.
La Federación de Sindicatos de Trabajadores Municipales de la Provincia de Santa Fe, donde se encuentra afiliado SOEM Sunchales, afirma que la administración municipal incurre en una clara violación de la Ley y advierte que podría iniciar medidas gremiales y judiciales.
Despidiendo las vacaciones de invierno, los niños podrán disfrutar de este imponente juego infantil que cuenta con tres torres, trepadores, palestra, tubos y toboganes.