


Tras casi dos años preso sin acusación formal, recuperó la libertad un imputado de abuso sexual

Este lunes se realizó en la Oficina de Gestión de Judicial (OGJ) Rafaela una nueva audiencia de revisión de prisión preventiva en el marco de la causa que tiene como imputado a Héctor Ezequiel R., acusado por el delito de abuso sexual y robo. La audiencia fue presidida por el juez Gustavo Javier Bumaguin y contó con la participación de la fiscal Dra. Brenda Baños, y los defensores particulares Carlos Luis Farías Demalde y José María Silvela.
Durante su exposición, el abogado Farías Demalde solicitó que se examine el mantenimiento de la prisión preventiva que pesa sobre su defendido desde febrero de 2024, señalando que la medida ha perdido proporcionalidad con el paso del tiempo. En ese sentido, sostuvo que la causa se encuentra prácticamente culminada, sin acusación formal ni pedido de prórroga de la prisión preventiva, y que no se han incorporado nuevas diligencias ni evidencias en los últimos meses. Según remarcó, se trata de una investigación paralizada, lo que debilita —a su entender— la justificación de cualquier medida restrictiva de la libertad, especialmente cuando están próximos a cumplirse los dos años de detención sin que se haya formulado acusación.
Farías Demalde también cuestionó que en la audiencia se introdujeran hechos que, a su criterio, no eran objeto del planteo, al tiempo que insistió en que no existen riesgos procesales actuales que ameriten sostener la prisión preventiva. Más adelante, reiteró y ratificó sus argumentos, subrayando que los hechos referidos por la fiscalía corresponden a situaciones ocurridas casi dos años atrás y que incluso la propia víctima, en una entrevista realizada el 5 de febrero de este año, manifestó que no hubo abuso, que la relación fue consentida y que uno de los hechos denunciados no existió. También remarcó que no se presentó acusación ni pedido de prórroga pese a la proximidad del vencimiento del plazo legal.
Por su parte, el defensor José María Silvela centró su intervención en cuestionar la existencia de un eventual entorpecimiento probatorio, señalando que no hay diligencias pendientes y que todo el material secuestrado ya fue resguardado, por lo que su defendido podría recuperar la libertad sin afectar el proceso. En la misma línea, indicó que no puede mantenerse una medida restrictiva para proteger una investigación que se encuentra paralizada. En relación con el peligro de fuga, sostuvo que no se encuentra acreditado, ya que el imputado cuenta con arraigo social firme, tiene domicilio establecido en la ciudad de Sunchales junto a su madre y ofreció someterse a medidas alternativas, como la fijación de domicilio, la presentación diaria ante la autoridad policial, la prohibición de contacto con la víctima y testigos, y la prohibición de ingreso a la ciudad de Rafaela, salvo requerimiento judicial.
La fiscal Baños, en representación del Ministerio Público de la Acusación, solicitó que se mantenga la prisión preventiva, argumentando que la medida no ha perdido proporcionalidad y que subsisten riesgos procesales. En su exposición, hizo referencia al contexto de los hechos investigados y a las evidencias reunidas, entre ellas pericias sobre chats aportados por la víctima, pericias caligráficas, análisis del teléfono celular del imputado y registros de videovigilancia. También mencionó que la víctima concurrió a la Fiscalía en febrero para brindar una declaración que interpretó como una retractación, aunque aclaró que ello no implica una denuncia falsa y que debe analizarse dentro del contexto de violencia de género. Según sostuvo, persiste el peligro de entorpecimiento probatorio y de contacto con la víctima, incluso desde el lugar de detención, y consideró insuficientes las medidas alternativas ofrecidas por la defensa.
Tras escuchar a las partes, el juez Bumaguin resolvió otorgar la libertad a Héctor Ezequiel R. bajo estrictas reglas de conducta. En los fundamentos de su decisión, señaló que si bien reconoce la existencia de riesgos procesales y el contexto de violencia de género, también tuvo en cuenta que la causa se encuentra paralizada desde junio de 2025, que no se presentó acusación dentro de los plazos razonables y que ya se encuentran cumplidos los dos años previstos para una investigación razonable. En ese marco, entendió que las medidas alternativas resultan suficientes para permitir la continuidad de la investigación sin necesidad de mantener la prisión preventiva.
La resolución dispuso la fijación de domicilio en la ciudad de Sunchales, el sometimiento al cuidado de su madre, la prohibición absoluta de contacto con la víctima por cualquier medio, la obligación de presentarse diariamente en la Comisaría 3ª de Sunchales y la prohibición de ingresar a la ciudad de Rafaela, salvo requerimiento de la Fiscalía o de los tribunales.




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