Estas son las calificaciones penales para los imputados del Grupo Spaggiari

En el marco de la investigación y las audiencias judiciales en la causa de la megaestafa que sacude a Rafaela y la región, pasan las horas y cada vez se suman más denuncias y aparecen nuevos damnificados por el accionar del tradicional grupo inmobiliario de la ciudad de Rafaela. La próxima audiencia de medidas cautelares se llevaría a cabo este sábado 28, en horario y sala a confirmar.

Judiciales 27 de octubre de 2023 El Eco de Sunchales
Grupo inmobiliario

Las cataratas de nuevas denuncias llegan al escritorio del fiscal de la Sección Criminalidad Económica y Compleja de la Fiscalía Regional Nº 5 Rafaela, Dr. Guillermo Loyola, por tres vías principales: vía online, presentaciones en la misma Fiscalía de calle Necochea 443 y también a través de los Centros Territoriales de Denuncias. Otro dato que se sumó en las últimas horas, es el hecho que clientes de la inmobiliaria que habían confiado el alquiler y/o administración de sus propiedades al Grupo Spaggiari, ahora estarían retirando y pidiendo revocar los mandatos que ponían en manos de esos agentes la suerte de esos activos inmobiliarios.

LA INVESTIGACIÓN Y LA  AUDIENCIA IMPUTATIVA

El Grupo Spaggiari, inició sus actividades dedicándose a las operaciones inmobiliarias, pero con el tiempo se amplió a los rubros de la construcción y venta de insumos para la construcción para finalmente dedicarse a las operaciones financieras en moneda extranjera. 

En una audiencia imputativa realizada el miércoles último a las 14.00 en la sala 3 de la Oficina de Gestión Judicial, ocho personas relacionadas con la firma, fueron imputadas por el juez de primera instancia en lo Penal, Dr. Gustavo Bumaguín por los delitos de asociación ilícita y estafas reiteradas, estas últimas en la modalidad conocida como “estafa piramidal”. 

Los ocho imputados fueron detenidos el lunes de esta semana en el marco de allanamientos realizados en Rafaela y alrededores; y cabe destacar que de esos ocho, tres son mujeres y cinco son hombres.

Las mujeres fueron identificadas como Mirta Ofelia C. –madre de los principales imputados- de 71 años; Carolina Rocío S. de 22 años y Myriam Marcela B. de 54 años. Por su parte, los hombres son Matías Germán S. de 45 años; Fernando Luis S. de 48 años; Germán Darío G. de 49 años; Cristian Ezequiel C. de 39 años y Gabriel Lorenzo U. de 56 años y radicado en Sunchales.

Matías Germán Spaggiari de 45 años y Fernando Luis Spaggiari de 48, que son hermanos, son los que presentan una situación más comprometida, ya que se les atribuyó la asociación ilícita en carácter de Jefes, mientras que a las otras seis personas se les endilgó el mismo delito como miembros. Además, a las 8 personas se les atribuyó la autoría de estafas reiteradas, según surgió de la misma audiencia imputativa.

Cabe adelantar que según lo acordado, y debido a la multiplicidad de operadores judiciales y actores – abogados defensores, miembros de la Fiscalía, querellantes e imputados, familiares y periodistas que desean ingresar -, la sala 3 de la Oficina de Gestión Judicial (OGJ) se vio desbordada inéditamente por primera vez, por lo que la próxima audiencia de medidas cautelares se llevaría a cabo recién el sábado en horario y sala a confirmar.

En este punto cabe mencionar que la audiencia imputativa estuvo presidida por el juez de IPP (investigación penal preparatoria) Dr. Gustavo Bumaguín; y por parte de la Fiscalía el Dr. Guillermo Loyola.

En cuanto a la defensa técnica de los imputados se observó la presencia de los Dres. José María Silvela, Cecilia Alamo, Amalia Cassina, Andrés Colón, Juan Manuel Lovaiza y Federico Scarinci. 

El total de víctimas se contabilizaba – hasta el momento de la audiencia imputativa - en 76 denunciantes dentro de la causa, a las que se agregarían, al menos, otros 25 en la primera jornada de audiencias. “Por 152 hechos en concurso real” dijo el fiscal Loyola. Aunque como se dijo al principio de esta nota, en la jornada de ayer se utilizó la palabra “cataratas” para describir la situación por lo que los damnificados se seguían sumando.

Según fuentes extraoficiales lo mismo sucede con la suma total de las estafas que se mediría en varios millones de dólares estadounidenses, aunque las cifras variaban. Las estimaciones más confiables variaban entre U$S 15 y U$S 20 millones de la moneda extranjera en total. 

INTIMACIÓN DE LOS HECHOS ATRIBUIDOS

De acuerdo al acta de la audiencia imputativa de 39 carillas a la cual accedió LA OPINIÓN, se le atribuye a Fernando Luis Spaggiari, Matías Germán Spaggiari, Myriam Marcela B., Cristian Ezequiel C., Mirta Ofelia C., Germán Darío G., Carolina Rocío S. y a Gabriel Lorenzo U., haber conformado y tomado parte de una asociación ilícita que tuvo como objeto ejecutar maniobras defraudatorias en perjuicio de una gran cantidad de personas, en el período temporal comprendido aproximadamente entre el 28 de noviembre de 2019 y el 28 de noviembre de 2022. 

“Tales maniobras fueron realizadas por las personas imputadas, actuando todas ellas con plena representación de las características de las actividades defraudatorias que desarrollaron, asumiendo roles específicos y efectuando cada una los aportes y acciones - en forma grupal o individual - necesarios para que la asociación ilícita pueda mantenerse en el tiempo, de acuerdo a los planes y fines criminales perseguidos” atribuyó la parte acusatoria.

“Las actividades que la asociación ilícita efectivamente llevó adelante en forma reiterada – siguió la atribución delictiva -, esencialmente en la ciudad de Rafaela (utilizando como plataforma la empresa Grupo Spaggiari S.R.L. de la que Fernando Luis Spaggiari y Matías Germán Spaggiari son los únicos socios y administradores), consistieron en ofrecer a la mayor cantidad de personas posibles la suscripción de uno o más convenios privados, recurriendo para ello a la publicidad por distintos medios y el "boca a boca", folletería, relaciones sociales, contactos por distintas vías a través de sus miembros, y - por sobre todo - se aprovecharon de la fachada que les otorgaban los negocios inmobiliarios desarrollados por Grupo Spaggiari S.R.L.”.

“En dichos convenios - prosigue la imputación-, que no reflejaban la realidad económica del negocio y que sólo en las apariencias se le otorgaba la estructura y formalidad de contratos de mutuo dinerario, las víctimas se obligaban a entregar distintas sumas de dinero en efectivo (en moneda nacional o en dólares estadounidenses) en favor de la asociación ilícita - que captaba de esa forma los ahorros de los particulares-".

“Con el objeto de lograr la suscripción de dichos convenios, se les indicaba falsamente a las víctimas que sus aportes serían destinados a inversiones en el rubro inmobiliario y en actividades productivas tales como la fabricación de ladrillos, aberturas y otros elementos relacionadas con la construcción de inmuebles; para lo cual recurrían a invocar, generando confianza en las víctimas, a las empresas GS Block S.R.L. de la que Fernando Luis Spaggiari y Matías Germán Spaggiari son los únicos socios y administradores y cuyo objeto es la fabricación y comercialización de ladrillos ecológicos, suelo-cemento y otros materiales afines y QS OPEN Aberturas S.R.L. - de la que Fernando Luis Spaggiari y Matías Germán Spaggiari son socios junto con un tercero, y cuyo objeto es la realización y fabricación por sí o por terceros o asociada a terceros, de aberturas y cerramientos en general, aluminio, PVC, comercialización y distribución de aberturas -, todo lo que, según les hicieron creer a las mismas en forma engañosa, generaría ganancias genuinas y permitiría - en plazos relativamente cortos - reintegrarles el capital y brindarles rendimientos (que se abonarían en forma mensual) muy superiores a los que, por ejemplo, podían obtenerse mediante colocaciones bancarias a la fecha en que se concretaron dichas operaciones”.

“Las víctimas - agrega la imputación -, impulsadas por intereses y motivos de diversa índole (necesidades económicas, realizar inversiones con sus ahorros para obtener ganancias, evitar la depreciación del valor de sus ahorros ante el contexto económico, entre otros), bajo engaño, depositaron su confianza en la asociación ilícita y accedieron a hacer disposiciones patrimoniales en beneficio de esta organización criminal, la que se apropiaba ilegítimamente de esos fondos y que disponía de ellos - en parte - para pagar los vencimientos de intereses y capital correspondientes a los convenios celebrados tanto con ellos como con anteriores «inversores» - también víctimas-, que por su lado y de buena fe habían invertido en el mismo esquema sin conocer todas sus características. Estos pagos se hacían en efectivo en las oficinas del Grupo ubicadas en Bv. Roca 608 de Rafaela o bien enviando el dinero en efectivo con destino a donde se encontraban las personas en cuestión, hasta noviembre del 2022, momento en el cual las víctimas dejaron de percibir los pagos de intereses y los reintegros de capital”.

“Dentro de la asociación ilícita – continúa la imputación-, Fernando Luis Spaggiari y Matías Germán Spaggiari, en el carácter de jefes de la asociación ilícita, organizaron y dirigieron las actividades ilícitas siguiendo la metodología descripta; mientras que Myriam Marcela B., Cristian Ezequiel C., Mirta Ofelia C., Germán Darío G., Carolina Rocío S. y Gabriel Lorenzo U., en sus roles de miembros, cumplían distintas funciones tendientes a llevar adelante el emprendimiento delictivo, todos ellos como figuras visibles y/o representantes de la firma, bajo la dirección de los jefes”. 

“Así –continúa-, entre otras funciones, Mirta C. atendía y recibía el dinero que entregaban las víctimas; Germán G. era el encargado de preparar y hacer suscribir los convenios a las víctimas que concurrían personalmente a las oficinas del Grupo; Myriam B. y Carolina S. coordinaban los turnos que se asignaban a las personas que debían retirar pagos en efectivo y entregaban el dinero correspondiente en las oficinas de la inmobiliaria. Mientras que Gabriel U. y Cristian C. promocionaban la suscripción de convenios, captando nuevas víctimas, lo que el primero de ellos, al residir en la ciudad de Sunchales, hacía respecto a personas de dicha ciudad, y se dedicaba a trasladar hasta sus domicilios el dinero correspondiente a las cuotas mensuales”.

CALIFICACIÓN JURÍDICO PENAL

Las calificaciones penales para los imputados son las que siguen.
* Fernando Luis Spaggiari: Asociación ilícita en carácter de Jefe en calidad de coautor y Estafas reiteradas -152 hechos- en calidad de coautor, todo ello en concurso real entre sí (arts. 210, 172, 45 y 55 del Código Penal Argentino).
* Matías Germán Spaggiari: Asociación ilícita en carácter de Jefe en calidad de coautor y Estafas reiteradas -152 hechos- en calidad de coautor, todo ello en concurso real entre sí (arts. 210, 172, 45 y 55 del Código Penal Argentino).
* Myriam Marcela B.: Asociación ilícita en carácter de miembro en calidad de coautora y Estafas reiteradas -152 hechos- en calidad de participe principal, todo ello en concurso real entre sí (arts. 210, 172, 45 y 55 del Código Penal Argentino).
* Mirta Ofelia C.: Asociación ilícita en carácter de miembro en calidad de coautora y Estafas reiteradas -152 hechos- en calidad de participe necesaria, todo ello en concurso real entre si (arts. 210, 172, 45 y 55 del Código Penal Argentino).
* Cristian Ezequiel C.: Asociación ilícita en carácter de miembro en calidad de coautor y Estafas reiteradas -152 hechos- en calidad de partícipe necesario, todo ello en concurso real entre sí (arts. 210, 172, 45 y 55 del Código Penal Argentino).
* Germán Darío G.: Asociación ilícita en carácter de miembro en calidad de coautor y Estafas reiteradas -152 hechos- en calidad de partícipe necesario, todo ello en concurso real entre si (arts. 210, 172, 45 y S5 del Código Penal Argentino).
* Carolina Rocío S.: Asociación ilícita en carácter de miembro en calidad de coautora y Estafas reiteradas -152 hechos- en calidad de participe necesaria, todo ello en concurso real entre sí (arts. 210, 172, 45 y 55 del Código Penal Argentino).
* Gabriel Lorenzo U.: Asociación ilícita en carácter de miembro en calidad de coautor y Estafas reiteradas -152 hechos- en calidad de participe pan concurso real entre sí (arts. 210, 172, 45 y 55 del Código Penal Argentino).

FUENTE: La Opinión de Rafaela

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