
En la Oficina de Empleo de la Municipalidad de Sunchales, se realizó el acto de cierre de otro espacio de formación que apuesta al futuro de los sunchalenses.
En el mes de octubre, el Concejo Municipal de Sunchales aprobó la Ordenanza Nº 3051 para regular la prestación del servicio de contenedores, obradores y baños químicos. En el artículo Nº 2 se establece que “la ocupación permanente o transitoria de la vía pública con materiales inorgánicos de construcción o escombros provenientes de obras en construcción, de demolición y aquellos de la poda o tala sólo puede realizarse a través de contenedores conforme lo dispuesto”.
Ciudad29 de noviembre de 2022 Concejo Municipal de SunchalesLa nueva norma fue aprobada luego del diálogo mantenido con los titulares de las empresas locales del rubro y con funcionarios municipales. Precisamente, el texto definitivo fue el resultado de la unión de dos expedientes, uno presentado por los integrantes del Cuerpo Legislativo y otro ingresado por parte del Departamento Ejecutivo.
La Ordenanza define como autoridad de aplicación a la Subsecretaría de Infraestructura Urbana y Rural del Municipio o la que la reemplace en el futuro. Además está organizada en varios capítulos, los cuales definen las obligaciones para las personas prestatarias, las características y el emplazamiento de los contenedores, obradores y baños químicos, así como su traslado, la disposición final de los residuos y las sanciones correspondientes.
“Incorporamos los baños químicos y los obradores. Hasta ahora la normativa vigente solamente hablaba de los contenedores o volquetes. Esta es la primera gran novedad digamos, porque se requieren una serie de presupuestos y de recaudos mínimos a la hora de la colocación, de la remoción también de estos dos elementos que son prestados por las mismas empresas”, afirmó el edil Horacio Bertoglio, responsable de la fundamentación.
Luego agregó que se trata de “una normativa absolutamente aplicable. Creo realmente que la norma es muy completa y ha tenido en cuenta aspectos prácticos y operativos como para que empiece a funcionar”.
Algunas disposiciones de la Ordenanza Nº 3051
Emplazamiento. Los contenedores, obradores y baños químicos deben emplazarse dentro de los límites del inmueble para el que ha sido contratado el servicio, o en el espacio interno del vallado de obra.
Emplazamiento en la vía pública. La Autoridad de Aplicación debe establecer reglamentariamente excepciones genéricas referidas al emplazamiento de contenedores, obradores y baños químicos atento la organización urbana y tendientes a disminuir el impacto en el sistema vial, la seguridad y la conflictividad entre vecinas y vecinos.
Mantenimiento. Las empresas prestatarias de los servicios de contenedores, volquetes y baños químicos deben mantener los mismos permanentemente pintados y en perfecto estado de mantenimiento, con sus bandas de seguridad en óptimas condiciones. El enmascaramiento, pérdida de nitidez de las bandas reflectantes o su ausencia es considerado como atentatorio contra la seguridad, haciéndose en tal caso el prestatario pasible de las sanciones.
Prohibición de emplazamiento. Queda prohibido el emplazamiento en la calle sobre el lado opuesto al estacionamiento vehicular del inmueble para el que se contrató el servicio. Excepcionalmente, a criterio de la Autoridad de Aplicación, puede autorizarse dicho emplazamiento, siempre que sea imprescindible para garantizar la seguridad de los trabajadores, conductores y peatones.
Limpieza y conservación. Las empresas prestatarias de los servicios de contenedores, volquetes y baños químicos deben mantener los mismos en perfecto estado de higiene y conservación, quedando prohibido el lavado en la vía pública, así como de todos los elementos afectados al servicio.
Carga. Los contenedores están destinados a la recepción de los siguientes residuos: 1. Materiales y escombros procedentes de obras de construcción, demoliciones y reparaciones domiciliarias; 2. Materiales provenientes de podas y desmalezamiento de patios y lotes baldíos; 3. Muebles, maderas, materiales y/o elementos en desuso que no comprometan la salubridad de la población y/o el medio ambiente, o que no requieran una recolección, tratamiento y disposición final específica. La carga que se deposite en los contenedores no puede sobresalir del límite superior del mismo.
Carga prohibida. No se pueden verter materiales inflamables, explosivos, nocivos, peligrosos, susceptibles de putrefacción o de producir olores desagradables, o todos aquellos que, a criterio de la Autoridad de Aplicación, puedan constituir molestias para la ciudadanía.
Prohibición de arrojar escombros. Queda prohibido arrojar escombros desde alturas mayores a tres metros que produzcan polvo o molestias a vecinos y vecinas. La Autoridad de Aplicación puede autorizar la utilización de tolvas o conductores cuando sea indispensable la disposición de los materiales a una altura mayor de la dispuesta.
-Texto completo de la Ordenanza de del servicio de contenedores, obradores y baños químicos.
En la Oficina de Empleo de la Municipalidad de Sunchales, se realizó el acto de cierre de otro espacio de formación que apuesta al futuro de los sunchalenses.
El acuerdo comprendió la rúbrica de 3 convenios: uno general entre la Municipalidad y el Sindicato de Empleados y Obreros Municipales de Rafaela; y dos específicos con la Mutual y la Fundación del sindicato por el programa de capacitaciones.
Este viernes 13, en la Casa del Emprendedor, el intendente Pablo Pinotti encabezó el acto de entrega de créditos correspondientes al Fondo para el Fomento de Emprendimientos Empresariales por un total de $22.270.000.
Hoy se completó el hormigonado del bache ubicado en la intersección de Avenida Moreno y Carlos Gardel, una zona clave para la circulación, principalmente de los barrios Moreno y Cooperativo.
Se trata de la tercera edición del concurso “Ciudad de Sunchales” y hasta el 27 de junio pueden presentar sus obras adolescentes y jóvenes de 13 a 21 años de toda la provincia de Santa Fe.
La iniciativa contempla una bonificación en la TGIU y Suburbanos correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre, para los contribuyentes que se adhieran a la boleta digital durante junio, julio y agosto. Tiene que ser aprobada por el Concejo Municipal.
Son titulares de tres emprendimientos sunchalenses y competirán en una instancia provincial organizada por la Federación de Cámaras Empresarias del Comercio y Otras Actividades de la Provincia de Santa Fe.
En la Oficina de Empleo de la Municipalidad de Sunchales, se realizó el acto de cierre de otro espacio de formación que apuesta al futuro de los sunchalenses.
Los candidatos a concejales del partido oficialista "Ahora Sunchales" opinan que en la Legislatura local hay que debatir en profundidad las iniciativas sin apresurarse a abrir juicios generalizados y afirman que a veces hay una "dualidad entre la crítica que se hace sin tener un fundamento concreto y la realidad de lo que sucede".
Desde este sábado, la provincia implementa un nuevo sistema de responsabilidad penal para adolescentes. Se eliminan los juzgados de menores, el Ministerio Público de la Acusación asume la investigación y se inaugura una nueva etapa basada en el modelo acusatorio.
El Dr. Aldo Regali, abogado que representa a un grupo importante de acreedores, sostuvo que “la situación es absolutamente lastimosa” y que la única posibilidad de evitar la quiebra es que los propios acreedores encuentren una salida colectiva.