
Se reemplazaron antiguos resaltos construidos con tachas intercaladas por nuevos reductores de velocidad Jordan Plas LN-25 bicolor, que cuentan con tecnología y diseño modernos.
La presidenta del Concejo Municipal, Andrea Ochat, presentó la semana pasada un Proyecto de Ordenanza que establece el marco regulatorio para la instalación de vehículos gastronómicos en la ciudad. El texto indica que su ubicación será definida por el Ejecutivo Municipal, prevé dos modalidades de habilitación y exige que el personal cuente con la aprobación del curso de manipulación de alimentos. Se espera que reciba tratamiento una vez quede conformado el nuevo cuerpo legislativo.
Ciudad03 de diciembre de 2019Los food trucks están más cerca de ser una realidad en Sunchales. En la última sesión ordinaria del Concejo Municipal, Andrea Ochat presentó un Proyecto de Ordenanza para reglamentar su instalación en diferentes espacios de la ciudad. Aunque con algunos ajustes, se espera que reciba tratamiento para su aprobación una vez que asuman sus bancas los concejales electos Horacio Bertoglio y Alejandra Bugnón.
Un primer borrador de la normativa, al cual pudo acceder El Eco, indica que los permisos se otorgarán por un año, con posibilidad de renovación a su vencimiento y que ninguna persona podrá ser titular de más de un permiso. Además, establece que la habilitación deberá tramitarse ante la Unidad Polivalente de Control de la Municipalidad (UPC) y se otorgará según dos modalidades: para operar en forma permanente en un espacio asignado; o para un evento específico, que contemple un sitio determinado y un horario de funcionamiento hasta la finalización de dicho evento.
Entre los requisitos que estos locales deberán cumplir en materia de habilitaciones, higiene y seguridad alimentaria, el texto indica que el personal tendrá que contar con la certificación del curso de manipulación de alimentos, mientras que el local deberá disponer de abastecimiento de agua potable, cestos de residuos y botiquín de primeros auxilios, además de los elementos necesarios para la elaboración de las comidas.
"Considérese vehículo gastronómico, food truck, carribar o carro de comidas a todo módulo con motor incorporado o acarreado por otros vehículos, y que en su interior esté adaptado para elaboración y/o expendio de alimentos y bebidas listos para consumir en la vía pública".
En otro punto, orientado a la competencia comercial leal y la protección de los emprendimientos gastronómicos que ya se encuentran en funcionamiento, la norma detalla que para la instalación de mesas y sillas será necesario gestionar un permiso especial, el cual será reglamentado por el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM). Además, en cuanto a su instalación en espacios públicos, la reglamentación indica que estos vehículos podrán operar siempre que no produzcan ruidos molestos más allá de lo permitido y que su personal será responsable de la limpieza de la suciedad que pudiera acumularse en el espacio público, por lo que se exige la disposición de recipientes para arrojar residuos, así como cartelería que alerte al consumidor de no contaminar.
Entre los fundamentos sobre los cuales sustenta su propuesta, Andrea Ochat explica que "existe un vacío legislativo en materia de expendio de bebidas y comidas en lugares públicos de la ciudad", por lo cual es necesario reglamentarlo. La edil, además, indica que la instalación de food trucks es "muy común en otras ciudades del país y el mundo", ya que las familias y los jóvenes "tienden a la búsqueda de nuevas opciones gastronómicas", por lo cual se debe "dar legalidad a un nuevo modelo de negocios que genera puestos de trabajo y la apropiación del espacio público por parte de los vecinos".
De acuerdo al texto presentado por Ochat, las ferias "De Gustar" organizadas por la Municipalidad han sido "un éxito comercial y social" y "la prueba piloto necesaria para apuntar a una mayor frecuencia de este tipo de actividades gastronómicas".
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En el Punto 4. del ORDEN DEL DÍA de la Convocatoria a Asamblea General Ordinaria, donde dice “y cinco miembros suplentes del Consejo Directivo” debe decir “y seis miembros suplentes del Consejo Directivo”. Se transcribe a continuación la Convocatoria corregida, teniéndose por válida la publicación anterior a los efectos de los plazos estatutarios: