
Guía para elegir cubiertas adecuadas para vehículos de carga ligera
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Los niños y los jóvenes representan una gran parte de los millones de personas que mueren en las rutas del mundo cada año. Más del 40% de todas las muertes en colisiones de tránsito ocurren en personas de 0 a 25 años.
Autos y Motos23 de abril de 2015 Ministerio del Interior y TransporteConducir o ser acompañante en una motocicleta trae aparejado un alto riesgo de muerte o de herirse gravemente en un siniestro. La falta de protección en el vehículo supone que un choque puede tener serias consecuencias para el conductor y su pasajero.
Los especialistas en seguridad vial recomiendan que los menores de 12 años no viajen en motos o ciclomotores. Si bien en muchos países desarrollados la ley prohíbe que los niños sean acompañantes en estos vehículos, muchos aún no cuentan con esta reglamentación.
Sin embargo, a pesar de la edad del acompañante, las motos tienen requerimientos de seguridad específicos para poder conducirlas, tanto para su conductor, como para el acompañante. Algunos padres no toman en consideración lo peligroso que puede ser para sus hijos el hecho de que sean sus acompañantes en una motocicleta.
Por ello, los especialistas recomiendan que si lo hacen se informen y tomen las precauciones de seguridad necesarias.
La situación en nuestro país
En Argentina, la ley nacional 24.449 afirma que “las motocicletas de DOS (2) ruedas no deben transportar más de UN (1) acompañante, el cual debe ubicarse siempre detrás del conductor”. Por otro lado, considera faltas graves “la conducción de vehículos transportando un número de ocupantes superior a la capacidad para la cual fue construido el vehículo y; la conducción de motocicletas sin que alguno de sus ocupantes utilice correctamente colocado y sujetado el casco reglamentario”.
Sin embargo, y pesar de que la ley no impone una edad mínima para ser acompañante en una moto o ciclomotor, y teniendo en cuenta el peligro que conlleva transportar menores en esta clase de vehículos, algunas provincias ya han legislado sobre el tema.
Desde 2009, en la Ciudad de Buenos Aires, por ejemplo, está prohibido llevar acompañantes menores de 16 años en las motos. Y en la Ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, la edad mínima para ser acompañante en una moto es de 12 años.
La situación en el mundo
En España, la Ley 18/2009 señala que está prohibido circular con menores de doce años como pasajeros de ciclomotores o motocicletas. Excepcionalmente, se permite esta circulación a partir de los siete años, siempre que los conductores sean los padres o madres, tutores o persona mayor de edad autorizada por ellos, utilicen casco homologado y se cumplan las condiciones específicas de seguridad establecidas reglamentariamente. Asimismo, no podrán viajar como pasajeros de ciclomotores y motocicletas las personas menores de doce años cuya estatura no les permita, una vez acomodadas sobre el asiento del vehículo, apoyar los pies sobre los apoyapiés. En ningún caso podrá situarse el pasajero en lugar intermedio entre la persona que conduce y el manubrio de dirección del ciclomotor o motocicleta. También en Bogotá, Colombia existe una prohibición para los menores acompañantes de motocicletas.
La ley dice que los niños menores de 10 años no pueden circular en moto y extiende la restricción a las mujeres en estado de embarazo. En cambio, en Uruguay, no existe normativa que prohíba o permita que los niños viajen en moto.
Sin embargo, la legislación sí dice que los acompañantes deben circular correctamente sujetados. El problema que se presenta con un niño de corta edad en moto es que no tiene la capacidad de sujeción, por ejemplo, sus pies no llegan a los apoyapiés. Tampoco existe una norma que diga que el niño deba estar por detrás o por delante del mayor.
La mayoría de los estados en Estados Unidos tampoco poseen una reglamentación que prohíba a los menores ser acompañantes en una motocicleta.
En el estado de Nueva York, por ejemplo, lo que existen son algunos requerimientos para los acompañantes de moto en general: que la motocicleta esté diseñada para transportar dos pasajeros y que ambos usen un casco aprobado por el Departamento Nacional de Transporte.
Conclusiones
• Ante la falta de una legislación nacional que proteja a los niños acompañantes de motocicleta, se aconseja no transportar menores de 12 años en este tipo de vehículos.
• Si un niño no es lo suficientemente grande para usar un casco apropiadamente, entonces no es aconsejable que suba a una moto.
• Si sus pies no llegan cómodamente al apoyapiés de la motocicleta, su seguridad corre peligro.
Fuentes:
• OPS – Organización Panamericana de la Salud
• ONU – Naciones Unidas
• Ley Nacional de Tránsito 24.449
•DGT – Dirección General de Tránsito – España
•NHTSA – National Highway Traffic Safety Administration –
Estados Unidos
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