El Municipio y la Cooperativa de Agua Potable de Sunchales firmaron el acuerdo de concesión del servicio público
Es por un plazo de 15 años a contar desde el primero de septiembre del 2025. Hay una cláusula especial de rescisión y nuevo contrato de concesión en caso de concretarse la provisión de agua potable a través del Acueducto Desvío Arijón
En la tarde del martes 7 de octubre, en sala “11 de Noviembre“ de la Cooperativa de Provisión de Agua Potable y otros Servicios Públicos de Sunchales Ltda., se rubricó el convenio de concesión del servicio público de provisión de agua potable en la ciudad de Sunchales. Osiris Trossero, presidente de la cooperativa, ofició de anfitrión, recibiendo al Intendente Pablo Pinotti, concejales y funcionarios municipales.
El convenio consta de 17 artículos, mencionando que concesión se otorga para la prestación del servicio público dentro del área urbana, suburbanas y eventualmente rurales que se incorporen, y por el plazo de quince (15) años, a contar desde el primero de septiembre del año 2025, venciendo el contrato en consecuencia el día treinta y uno de agosto del año 2040, salvo revocación fundada por incumplimiento grave o rescisión consensuada entre las partes.
En el artículo 9, en referencia al régimen tarifario, establece la creación de una Comisión Especial que tendrá a su cargo el estudio y definición de la Tarifa Estimada que propondrá la Cooperativa y demás actividades que deriven en la aprobación del Régimen Tarifario que se elevará al Ente Regulador de Servicios Sanitarios. Estará integrada por representantes de la Cooperativa, el Departamento Ejecutivo Municipal y el Concejo Municipal.
Otro de los artículos importantes es el 14º, donde se establece una cláusula de causal especial rescisoria por el Acueducto Desvío Arijón, especificando que ejecutado el proyecto del Acueducto denominado Desvío Arijón, las partes se comprometen a suscribir un nuevo contrato de concesión que contemple la articulación del servicio actualmente prestado con las condiciones técnicas, operativas y jurídicas que deriven de la concreción y puesta en marcha de dicha obra.
En virtud de ello, el Municipio podrá resolver el presente convenio mediante notificación fehaciente a la Cooperativa, cursada con una antelación no menor a seis (6) meses a la fecha prevista para la efectiva puesta en marcha del nuevo régimen de prestación del servicio. Durante el transcurso de dicho plazo, las partes se obligan a conformar una mesa de trabajo técnica y jurídica, con representación de ambas, destinada a analizar y determinar las condiciones, derechos y obligaciones que regirán la nueva etapa del servicio, garantizando la continuidad, regularidad y calidad de la prestación en beneficio de los usuarios.
Quienes estén interesados en conocer el texto completo del convenio de concesión del servicio público de agua potable, pueden hacerlo a través de este link: https://concejosunchales.gob.ar/normativa-local-detalle.aspx?Id=5285
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