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Reforma previsional: tras el revés a Amsafé, la Justicia recibe los primeros reclamos de jubilados

El gremio de docentes obtuvo un rechazo en su planteo para suspender la ley que interpretaba como inconstitucional. Comienzan a litigar los particulares

El último pedido de los distintos gremios de Santa Fe para suspender y declarar inconstitucional la nueva Ley Previsional N° 14.283 acaba de quedar fuera de carrera luego de que la Justicia laboral rechazara una acción de amparo de Amsafé. Sin embargo,  comenzaron a ingresar a tribunales las primeras acciones judiciales de particulares contra la reforma de parte .

El gremio de los docentes se quedó sin poder de fuego en el tema luego de que este martes la jueza ­Patricia De Petre, titular del juzgado de primera instancia en lo Laboral, de la ciudad de Santa Fe, rechazara el pedido de suspensión de la norma. El gremio acusó aparente nulidad de la votación legislativa y entendió que es inconstitucional en varios artículos.

El revés de Amsafé se suma al mismo destino de las presentaciones radicadas por parte del bloque de diputados Somos Vida y el Sindicato de Trabajadores Municipales de San Carlos (Sitram), que no pudieron suspender la ley. Si bien el panorama gremial parece obstruido, comienzan a llegar los pedidos de particulares.

Particulares contra la reforma previsional

Esta semana ingresaron a los tribunales provinciales de Rosario los tres primeros amparos individuales contra la reforma previsional. Se trata de dos jubiladas como secretarias de juzgado y de un abogado y pensionado judicial. Además de estos tres casos, trascendió que algunos estudios jurídicos preparan más presentaciones de amparo y declaraciones de inconstitucionalidad.

Por su parte, Amsafé había presentado el 1° de octubre una acción de amparo declarando la inconstitucionalidad de la Ley Nº 14.283, ya que según interpreta, la reforma previsional “lesiona, amenaza y restringe derechos y garantías de todos los docentes activos y jubilados de la provincia de Santa Fe”. Básicamente sus argumentos giran en torno a la supuesta invalidez de la votación en Diputados y la legitimidad de la emergencia declarada al entender que afecta derechos amparados por garantías constitucionales.

La jueza apela a argumentos que ya habían sido puesto sobre la mesa en los otros amparos finalmente rechazados por ejemplo en que los reclamos exceden a la representación sindical, docente en este caso. "El sindicato actor pide que la ley no se aplique a sus afiliados, lo cual resulta cuanto menos paradójico puesto que si se pretende la nulidad de la ley, resulta lógicamente imposible que la misma sea suspendida para unos ­por resultar presuntamente nula­, al tiempo que continúa siendo válida para el resto. Una ley no puede estar viva y muerta al mismo tiempo", subraya el escrito de la jueza.

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