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Se conocieron los procedimientos y parámetros que deberán cumplir los expendedores para poder instalar la modalidad "self service" que les permitirá a los usuarios cargar directamente nafta o gasoil sin la asistencia de los operarios de las estaciones de servicio.
País09 de abril de 2025 El Eco de SunchalesTras el anuncio efectuado por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger en diciembre y el decreto 46/25 de enero pasado que habilitó esa modalidad; la Secretaría de Energía aprobó los requisitos técnicos y las medidas de seguridad que regirán para los surtidores de "autodespacho" de combustibles.
Por medio de la resolución 147/25, el área energética que comanda María Tettamanti sacó a la calle los procedimientos y parámetros que deberán cumplir los expendedores para poder instalar la modalidad "self service" que les permitirá a los usuarios cargar directamente nafta o gasoil sin la asistencia de los operarios de las estaciones de servicio.
Tras destacar que es "una actividad permitida en otros países desde hace tiempo y que se ha desarrollado en forma segura en los EE.UU., la Unión Europea, Chile, Perú, Venezuela, Colombia y Uruguay"; la resolución que dio vía libre al autodespacho destacó que se trata de una "modalidad optativa, a elección de los expendedores, quienes podrán implementarla en forma total o parcial en sus instalaciones".
El desglose de los requisitos y condiciones establecidos para los estacioneros muestra un paquete de exigencias generales y cuatro renglones de cláusulas específicas. Las estaciones que pasen a operar únicamente con la modalidad de autodespacho deberán contar con una "cartelería clara, legible y fácilmente visible desde las vías de acceso a la instalación". A su vez, cada surtidor "deberá estar claramente identificado con señalización legible hasta una distancia de 2 metros a contar desde la posición del conductor". Dicha cartelería deberá consignar "las prohibiciones de fumar, del uso de telefonía celular y el apagado de motor y luces del vehículo; junto con las instrucciones con los pasos a seguir para la operación de carga, incluyendo posición del vehículo en playa de carga de acuerdo a la ubicación del tapón de acceso al tanque de combustible".
Con respecto a las formas de pago, la resolución determinó que "el uso de cualquier dispositivo móvil no apto para áreas clasificadas como instrumento de pago deberá efectuarse fuera de la misma o desde el interior del vehículo. No podrán utilizarse durante la carga de combustible y la opción de código QR deberá ubicarse fuera del área de los surtidores".
En lo atañe específicamente a los surtidores, los dueños de las estaciones de servicios tendrán que cumplir con un total de 9 disposiciones operativas. Los equipos de autodespacho tendrán que contar "con un dispositivo de corte de emergencia del tipo "break away" en todas las mangueras, para retener líquido a ambos lados del punto de corte, y así evitar posibles derrames de combustible en caso que un cliente inicie la marcha del vehículo olvidando retirar el pico-manguera del tanque".
Además, deberán tener instaladas "válvulas de impacto o choque en las cañerías de alimentación debajo de los surtidores, de acuerdo con instrucciones y recomendaciones del fabricante y un sistema de disparo en el pico (corte automático del suministro) que provoque el cierre de la válvula antes que el mismo se ubique en posición normal en el surtidor, impidiendo la posibilidad de reanudar el flujo del producto y/o el sobrellenado del tanque del vehículo". Otros requisitos determinan que "las mangueras del surtidor deberán tener una longitud máxima de 3,5 metros y contar con un sistema "Lever On" o similar para iniciar el despacho de combustible, de modo que dicho inicio se produzca una vez que el cliente colocó el pico del surtidor dentro de la boca del tanque de combustible y levantó la palanca del botón de puesta en marcha".
El conjunto compuesto por surtidor, manguera y pico deberá estar construido e instalado de modo de asegurar la descarga estática del cliente que va a realizar la operación y tener un dispositivo luminoso, sonoro y/o intercomunicador, en caso de que el cliente solicite asistencia del operador.
Los usuarios deberán "disponer de guantes descartables y/o dispenser con toallas de papel para higiene de manos y recipientes para ser desechados una vez que sean utilizados".
En el apartado correspondiente al "control y asistencia durante la operación de carga", la nueva regulación dispuso, entre otros, los siguientes lineamientos:
Por último, entre las obligaciones que quedan en cabeza de los dueños y empleados de las estaciones de servicios sobresalen las de: "asegurar el correcto funcionamiento y operación de las bocas de expendio; impedir la manipulación de los surtidores a los menores de edad; verificar que los picos de cargas sean utilizados de manera segura; activar el procedimiento de emergencia en caso de ser necesario y priorizar la asistencia en la operación de carga y pago a personas con movilidad reducida, mujeres embarazadas y a aquellas personas adultas que se encuentren solas con niños o mascotas en el interior del vehículo que pudieran provocar su desatención durante el autodespacho de combustible".
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