Covid-19: Mayores restricciones por el crecimiento exponencial de casos positivos


El Decreto Municipal Nº 2968/20 entrará en vigencia a partir de las 00:00 del martes 22 de septiembre hasta el lunes 5 de octubre inclusive.
A continuación se detallan las actividades que no podrán continuar desarrollándose:
- Modalidad de atención presencial en locales gastronómicos (bares, restaurantes, pizzerías, choperías, parrilladas, heladerías). Continuará permitido exclusivamente el servicio de delivery o take away.
Se recuerda que los horarios permitidos para delivery es hasta las 00 hs.
- Práctica de actividades deportivas y físicas en instalaciones, tales como clubes, gimnasios y fútbol 5.
Es importante mencionar que sólo seguirán permitidas actividades físicas individuales en espacios públicos al aire libre, tales como salir a correr o caminar.
- Actividades religiosas, reuniones o ceremonias en iglesias, templos y lugares de culto.
- Academias de idiomas y centros de enseñanza de expresiones y disciplinas artísticas.
Asimismo, se hace hincapié en que continúa vigente la prohibición de “eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente.”
Por último, es fundamental el cumplimiento de las medidas preventivas de COVID-19: uso de barbijo obligatorio, distanciamiento social e higiene frecuente de manos.