El paso a paso del alquiler de vientre y su regulación en Argentina

El camino hacia la maternidad o paternidad no siempre es sencillo. La intención de formar una familia, a veces, requiere de mucho más que buena voluntad. Y allí donde las dificultades nublan los proyectos, aparece la ciencia.

Mujer19 de enero de 2017 Entremujeres
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El alquiler de vientre o gestación por sustitución da la posibilidad de ser padres a mujeres y hombres que, de otro modo, no lo lograrían. Natalia Fernández Peri, medica ginecóloga especialista en reproducción asistida y Coordinadora del Departamento de Genética de IVI Buenos Aires, despeja dudas al respecto.

Fernández Peri aclaró: “La indicación médica para recurrir a la gestación por sustitución se realiza en pacientes con ausencia de útero, útero con fallo de implantación o enfermedades crónicas en las cuales se contraindica el embarazo. En los casos de varones solteros o parejas gay se podría optar por este tratamiento automáticamente”.

"Si bien el alquiler de vientre no está prohibido en nuestra legislación, el inconveniente reside en nuestro Código Civil y Comercial, que establece que la madre es quien da a luz al bebé. Por eso, recomendamos que la autorización judicial se gestione antes de iniciar el tratamiento”, destacó la especialista.

La médica describió que el primer paso es “evaluar a la gestante, para ver si está apta para recibir el embrión. Luego, todas las partes firman un consentimiento previo, informado y libre en donde queda establecido quiénes tienen la voluntad procreacional y quién solo está prestando su vientre para la gestación”.

El camino legal indica: “La pareja en cuestión, junto a un abogado, presentará dichos documentos ante un juez para que notifique la situación, y que no quede lugar a duda sobre quiénes serán los padres del bebé”.

Una vez cumplido esto, se inicia la parte médica. “El proceso en la clínica comienza con consultas con un especialista de la Unidad de Apoyo Psicológico, quien dará la aprobación para comenzar el tratamiento médico. En parejas heterosexuales, consiste en la misma preparación que se realizaría en una fecundación in vitro, con la estimulación ovárica de la mujer por 10-12 días, seguida de una punción para extraer los ovocitos. En el momento de la punción se toma la muestra de semen de la pareja para fecundar los ovocitos en el laboratorio y formar los embriones”.

La ginecóloga explicó: “La mujer gestante debe recibir un tratamiento para preparar el endometrio, previo a la transferencia embrionaria. A los 14 días de hecha la transferencia, mediante un análisis de sangre podemos determinar si la mujer está embarazada. En los casos de parejas homosexuales de mujeres podrán realizar el mismo tratamiento recurriendo a un banco de semen. Una pareja de dos varones necesitará a una donante de óvulos que no podrá ser la mujer gestante”.

Tal como en casos de famosos como Ricky Martin y Sarah Jessica Parker, que tuvieron gemelos por medio de este método, la médica dijo: “La transferencia de más de un embrión se reserva a casos puntuales, como el de mujeres de más de 38 años, en los que el diagnóstico indica la transferencia de dos embriones. Pero aún en estos casos, si la calidad del ciclo, el número de embriones y la calidad de los mismos lo ameritan, también se tiende a buscar la transferencia de un único embrión. Esto se debe a que la estadística muestra que cuando se transfieren dos embriones, una de cada cuatro mujeres se embaraza de mellizos”. “Se transfiere un único embrión, ya que las probabilidades de embarazo pueden llegar a un 60%”, resaltó.

Finalmente, respecto a la ausencia de legislación sobre el tema en Argentina, la especialista detalló: “En el proyecto original del nuevo Código Civil y Comercial estaba incluida la Gestación por Sustitución como una de las opciones de tratamiento de reproducción asistida. Como hemos podido ver todos los ciudadanos, a la hora de presentar el nuevo predictamen se decidió realizarle cambios al proyecto, y uno de ellos fue eliminar a la Gestación por Sustitución como tratamiento para tener un hijo, porque no atendía ciertos intereses de la Iglesia Católica”. Sin embargo, Fernández Peri se mostró optimista y añadió que aún “es posible que este tratamiento logre estar legislado, ya que en agosto de 2016 se presentó un proyecto de Ley que tiene por objeto regular el alcance, los derechos y las relaciones jurídicas de la gestación por sustitución y su proceso judicial”.

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