La provincia de Santa Fe se encamina a contar con una ley de Ficha Limpia
En la sesión de este jueves 22, la Cámara de Senadores aprobó un proyecto de ley que busca limitar la llegada a cargos públicos, de naturaleza electiva, de quienes tengan condena judicial en segunda instancia, por la comisión de determinados delitos. Será unificado al proyecto con media sanción de Diputados (impulsado por Ximena Sola) y volverá a la Cámara baja para su sanción definitiva.
De cara al proceso electoral del 2023, la provincia de Santa Fe se encamina a tener, en su marco jurídico y legal, un nuevo esquema de limitaciones para quienes pretendan ocupar cargos públicos, de naturaleza electiva. El proyecto de Ficha Limpia se trata de restricciones para aquellas personas que tengan condenas de la justicia. En la sesión de este jueves, la Cámara de Senadores aprobó un proyecto de ley – impulsado por el bloque de la UCR - que dispone modificar un artículo de la ley electoral de Santa Fe y la ley orgánica de los partidos políticos de la provincia.
Dichas modificaciones establecen que quienes tengan condena en segunda instancia por la comisión de determinados delitos quedarán inhabilitados para ocupar esos cargos durante 10 años. Los delitos que se contemplan son: corrupción, abuso sexual, delitos contra la libertad, violencia de género y deudores alimentarios morosos.
La iniciativa tuvo una modificación clave respecto a su redacción original, que la coloca en sintonía con el proyecto que tuvo media sanción de la Cámara de Diputados, impulsado por Ximena Sola. Ante estas dos medias sanciones, el proyecto aprobado por los senadores de adjuntará al expediente con el proyecto de Sola y volverá a la Cámara baja para su sanción definitiva.
La modificación sustancial del proyecto aprobado por los senadores consiste en que, originalmente, planteaba que quedará inhabilitado quien tenga condena firme de la justicia. Sin embargo, el texto sancionado establece que quedarán inhabilitados quienes tengan condena en primera y segunda instancia. En cambio, si hay condena en primera instancia pero absolución en segunda –o viceversa- la apelación correspondiente llegará a la Corte. En ese caso, la inhabilitación se aplicará si el máximo tribunal deja firme la condena.
En síntesis, el nuevo texto consensuado establece restricciones más estrictas para las personas que quieran presentarse a elecciones, comparado con el proyecto original de los senadores de la UCR.
“Movimiento Ficha Limpia”
El espíritu está en sintonía con una movida internacional, que llegó hace unos años al país, llamada “Movimiento Ficha Limpia”, que promueve este tipo de leyes en los congresos, las legislaturas y los concejos municipales. Provincias como Chubut y Mendoza ya avanzaron. En la provincia cuyana, en la última elección, fueron rechazadas las candidaturas de 12 personas por arrastrar condenas incompatibles con la ficha limpia.
En Santa Fe el tema se viene debatiendo desde 2020 por lo menos. En noviembre de 2021 obtuvo media sanción de la Cámara de Diputados un proyecto impulsado por la diputada Ximena Sola (PRO-JxC) unificado con otro del radical Alejandro Boscarol. Como el Senado no lo trató nunca y perdió estado parlamentario, fue reingresado este año. El pasado 25 de agosto obtuvo nuevamente media sanción por unanimidad en la Cámara baja y pasó al Senado.
El hecho de que las iniciativas hayan sido motorizadas desde bloques de la oposición no es un problema para el oficialismo provincial. Ya se dijo que en Diputados tuvo el respaldo de todos los bloques y en el Senado ocurrió lo mismo.
Sería una señal positiva para una Cámara que quedó en el ojo de la tormenta cuando, a fines de 2020, le negó a la Fiscalía la posibilidad de someter a proceso al senador peronista Armando Traferri. Incluso la Casa Gris dio luz verde en las conversaciones informales: “No va a haber ningún problema con esa ley, falta dirimir dónde se traza la raya, si en la condena de segunda instancia o cuando la sentencia queda firme, pero nosotros no tenemos ninguna objeción”, indicó un funcionario provincial.
Las dos iniciativas (ahora unificadas) apuntan a introducir la ficha limpia tanto en la ley 12.367, que establece el sistema electoral de la provincia, y la 6.808, conocida como ley orgánica de partidos políticos, para establecer las mismas condiciones para los cargos partidarios.
En cuanto a los delitos con condena especificados en la media sanción de Diputados, se prevén los relativos a delitos contra la libertad, violencia de género, sexualidad y corrupción, ya sea “en grado de tentativa o delito consumado en calidad de autor, coautor, partícipe o instigador”, tal como figuraban en el proyecto original.
A pedido del bloque de diputados del Frente Social y Popular (presidido por Carlos Del Frade) se agregaron condenas por delitos de lesa humanidad y por sugerencia del bloque Igualdad y Participación (Agustina Donnet y Rubén Giustiniani) los referidos a delitos económicos y lavado de dinero.
El bloque radical del Senado expresó en los fundamentos del proyecto que “desde hace años la ciudadanía viene exigiendo muestras de transparencia hacia el sector político, de manera que el sistema de partidos políticos y la representación política sean ejercida por personas cuya conducta sea intachable”.
“Resulta de suma trascendencia que se impida a aquellas personas condenadas por corrupción y otros delitos de carácter doloso, ser precandidato o candidato a cargos electivos o partidarios”, sostiene el texto y agrega que “es fundamental dotar a las instituciones democráticas y participativas de un sistema de selección de candidatos lo más transparente y diáfano posible”.
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