Atilra: "Un fallo que muestra el camino"

El Consejo Directivo Nacional emitió un comunicado refiriéndose a la resolución del Juez Lucas Marín, donde rechazó una medida "autosatisfactiva" solicitada por el sindicato. El gremio afirma que "valiosamente marca el camino a las y los trabajadores de la empresa, instándolos a acudir a la justicia para que mediante un trámite abreviado", en los cuales incluso podrían plantear medidas cautelares específicas en defensa de sus créditos, puedan percibir los salarios adeudados.

Economía16 de enero de 2024 Atilra
Atilra

A continuación, el comunicado de la Asociación de Trabajadores de la Industria Lechera de la República Argentina:

UN FALLO QUE MUESTRA EL CAMINO

"El Juez laboral de feria Lucas Marín, de la localidad de Rafaela, acaba de dictar un fallo que rechaza la petición de ATILRA tendiente a evitar el desguace de la empresa SanCor, pero valiosamente marca el camino a las y los trabajadores de la empresa, instándolos a acudir a la justicia para que mediante un trámite abreviado “en los cuales incluso podrían plantear medidas cautelares específicas en defensa de sus créditos”, perciban los salarios adeudados. 

El fallo, evaluando la documental presentada, reconoce que “se plantea una situación de deuda” y “el compromiso de pago de parte de la deuda” por parte de SanCor; deuda que califica como “legítima”, afirmando que “la situación de incumplimiento o pago deficiente de salarios” reconocido por la propia empleadora en sede administrativa, resulta “ostensible”, reiterando que, ante ello, los trabajadores tienen distintas acciones expeditas, “con medidas cautelares a su disposición”. 

Marín no descarta - aunque aclara que su análisis en la instancia resulte inoficioso - “el marco de una situación de insolvencia (CSJN, Fallos: 337:315), que por el momento no consta ni fue denunciada” pero que, claro está, en el haz de posibilidades jurídicas que analiza y brinda, podrían denunciar los propios trabajadores, dando lugar a un pedido de quiebra. 

Autos: ATILRA c/SANCOR CUL s/Laboral – 21-27701484-7

Juzgados en lo Civil y Comercial, Laboral, Responsabilidad Extracontractual y Familia de Feria – Resol. 09/01/2024.-

CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL

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