Cómo queda el impuesto a las ganancias a partir de ahora

A partir de este mes, los empleados con una remuneración bruta que supera los 506.230 pesos estarán sujetos al impuesto a las ganancias. El nuevo umbral es más de un 25% superior al que se aplicó hasta abril, mientras que la inflación en los primeros cuatro meses del año alcanzó el 32%. Ahora puedes calcular los impuestos a las ganancias a través de una calculadora que se va actualizando mes a mes.

Economía 23 de mayo de 2023 El Eco de Sunchales
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A partir de este mes, los empleados con una remuneración bruta que supera los $506.230 estarán sujetos al impuesto a las ganancias. Después de descontar las contribuciones a la seguridad social, esta suma equivale a un salario neto de $420.171. Concretamente, desde los ingresos de mayo y hasta nuevo aviso, se estipula que no se pagará impuesto si el salario bruto mensual, o el promedio de los salarios desde enero, es inferior a la cifra mencionada.

El nuevo umbral para el impuesto a las ganancias es más de un 25% superior al que se aplicó hasta abril, mientras que la inflación en los primeros cuatro meses del año alcanzó el 32%. En comparación, el salario mínimo sujeto al impuesto en los primeros cuatro meses de 2023, $404.062, es un 78.8% más alto que a principios de 2022, mientras que el índice de precios aumentó un 94.8% en el año. Este resultado subraya una discrepancia de 16 puntos porcentuales entre el aumento anual de precios y el ajuste de la base imponible. Tal discrepancia refleja una distorsión de un principio fiscal básico: los ingresos deberían ser gravados solo si superan un umbral predefinido en función de algún parámetro específico. Puedes encontrar calcular los impuestos a las ganancias en sitios como Tiempo Financiero que tienen una calculadora de impuesto a las ganancias que se va actualizando mes a mes. Tanto este umbral como todas las variables que influyen en el cálculo del impuesto deberían ajustarse para evitar una tributación desproporcionada en relación al salario y a la pérdida de poder adquisitivo debido a la inflación.

Actualmente, este efecto distorsivo afecta de manera desproporcionada a aquellos que no se benefician de los ajustes anuales (aplicados cada enero) cuando se implementa una actualización parcial. Esto sucede porque no se modifican los valores de las deducciones e ingresos exentos del impuesto para un cierto grupo – en este caso, aquellos con un salario superior a $583.851 – ni los valores de la tabla que determina las alícuotas aplicables según los rangos de ingresos.

Según Andrés Edelstein de Edelstein, Mariscal, Torassa & Asociados, "Las deducciones que definen quiénes y a qué tasas pagan deberían establecerse en valores razonables a través de un ejercicio de base cero".

El aumento del umbral del impuesto a partir de este mes tiene como objetivo evitar que los ingresos de cada vez más personas estén sujetos a impuestos debido a la inflación creciente, que en abril alcanzó un índice interanual de 108.8%. A pesar de la definición del umbral salarial para el impuesto a las ganancias, existe la posibilidad de deducir ciertos gastos del ingreso imponible. Sin embargo, debido a los límites establecidos por la ley, esto no suele tener un efecto significativo que refleje la capacidad contributiva real.

En respuesta al impacto creciente de la inflación, han surgido medidas que diferencian la aplicación del impuesto a favor de ciertos grupos o sectores. Sin embargo, esta política ha sido criticada por alejarse del principio de equidad. Por ejemplo, los montos deducibles por concepto de movilidad y viáticos, debido a una cláusula incluida en la ley de Presupuesto Nacional, tienen un límite que es 12.5 veces el de la regla general, pero solo para los camioneros de larga distancia incluidos en el convenio 40/89 del sindicato de Pablo Moyano.

Desde 2018, el esquema del impuesto se actualiza anualmente en función de la variación interanual registrada entre los meses de octubre por la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte). La subida fue del 78.84% entre 2021 y 2022, lo que resultó en la actualización de enero antes mencionada.

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Gabriela Russo del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires señaló, "Presentamos una nota al Congreso pidiendo que todas las deducciones y los valores de la tabla se actualicen de manera cuatrimestral, para que haya un ajuste equitativo".

El aumento aplicado desde mayo al salario mínimo imponible, del 25.29%, se debe a la variación que mostró el Ripte después de octubre y hasta febrero de este año. Se trata de un incremento provisional del ajuste anual previsto para enero de 2024. Es importante señalar que al momento del anuncio de la última medida, el dato más reciente del Ripte era el de febrero. Ahora ya se conoce el indicador de marzo. Si se hubiera establecido una actualización considerando el período noviembre-marzo, el salario mínimo gravado sería de $555.666, es decir, un 9.8% más alto que el actual.

La reciente medida tiene como objetivo prevenir que el impuesto anule el impacto de los aumentos salariales y está destinada a aquellos que ya se benefician de estar exentos de Ganancias, según la contadora Gabriela Russo, presidenta del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Tras el anuncio de la actualización de este mes, la mencionada entidad envió una carta a la presidenta de la Cámara de Diputados, Cecilia Moreau, solicitando una modificación legal que permita el reajuste cuatrimestral no solo del mínimo imponible, sino también de las deducciones personales aplicadas a aquellos sujetos al impuesto, y los montos de la escala que determinan las tasas aplicables.

El salario más alto afectado por los cambios de este mes es de $583.851. ¿Por qué? Porque con el aumento del mínimo imponible, también se eleva hasta esa cantidad el salario bruto más alto alcanzado por el mecanismo de "deducciones incrementadas" establecido en 2021. Este sistema permite la deducción de ciertas cantidades del ingreso gravable, con el objetivo de evitar que aquellos con ciertos salarios terminen recibiendo menos que otros empleados con salarios brutos inferiores que están exentos de Ganancias.

Según Andrés Edelstein, de la firma Edelstein, Mariscal, Torassa & Asociados, todas las variables deberían actualizarse siguiendo la evolución del índice de precios al consumidor, en lugar del Ripte. El exsecretario de Ingresos Públicos (2017-2018) considera que sería útil utilizar la Unidad de Valor Tributario (UVT), una herramienta creada por ley en 2017, que nunca se implementó y que contempla el ajuste por inflación.

Para Edelstein, las variables que definen quiénes y cuánto pagan en concepto de Ganancias "deberían establecerse en valores razonables mediante un ejercicio de base cero". Opina que, además de la actualización periódica de la unidad, el Poder Ejecutivo debería tener la facultad de realizar reajustes "tan a menudo como sea necesario".

Mientras tanto, Mariano Ghirardotti argumenta que el impuesto actualmente limita el consumo básico, ya que grava de manera significativa a aquellos que no poseen vivienda propia, que están pagando un automóvil a plazos, o que no tienen una calidad de vida tal que justifique su contribución en la medida en que se les exige. Por otro lado, César Litvin, CEO de Lisicki, Litvin & Asociados, argumenta que la medida vigente desde este mes proporciona un "alivio transitorio que no resuelve la problemática de los trabajadores asalariados y autónomos".

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En última instancia, se aboga por la actualización urgente de las deducciones máximas permitidas y por la revisión integral de todos los límites a las deducciones que se definen como sumas fijas.

A corto o mediano plazo, es esencial una reforma integral del impuesto a las Ganancias, tanto por su relevancia fiscal como por su impacto directo sobre el poder adquisitivo y el consumo de los trabajadores.

Uno de los principales desafíos que afronta el sistema tributario argentino es lograr un equilibrio entre la necesidad de generar ingresos fiscales suficientes y garantizar la equidad y la justicia fiscal. Este equilibrio se ha visto alterado en los últimos años debido a la alta inflación y a las modificaciones periódicas y puntuales de la normativa tributaria.

En este contexto, los expertos coinciden en que se necesitan reformas más profundas para evitar que los cambios periódicos de las bandas impositivas y las deducciones se vean superados por la inflación. Estas reformas podrían incluir la indexación de las bandas impositivas y las deducciones al índice de precios al consumidor, la revisión de las tasas impositivas aplicables y la ampliación de las deducciones permitidas.

También hay un consenso en que se debe mejorar el trato a los trabajadores autónomos. Actualmente, estos trabajadores suelen pagar tasas impositivas más altas que los empleados en relación de dependencia, lo que puede desincentivar el emprendimiento y la creación de pequeñas empresas.

La reciente medida es un paso en la dirección correcta, pero se necesita una reforma más integral para garantizar la equidad y la justicia fiscal. Esta reforma debe considerar las particularidades de la economía argentina, como la alta inflación y la dependencia de los ingresos fiscales del impuesto a las Ganancias. La tarea es compleja, pero esencial para el bienestar económico de los trabajadores y la salud fiscal del país.

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