
#PreFederal: Triunfo de Unión y derrota de Libertad en la primera fecha
En Sunchales, el Bicho Verde derrotó a Argentino Quilmes por 76 a 56. En tanto, en Rafaela, los Tigres cayeron ante 9 de Julio por 77 a 64.
En la final del Torneo Preparatorio, donde Atlético de Rafaela se alzó el título ante Unión, imponiéndose por 83 a 70 en un juego muy reñido que necesitó dos suplementarios, hubo una jugada polémica en el cierre del período reglamentario. Posteriormente, el Tribunal de Penas de la ARB resolvió diversas sanciones y rechazó la solicitud de retrotraer la jugada y disputar las décimas de juego restantes. En un fallo reciente, el tribunal de penas de FEBASANTAFE ordena que se juegue nuevamente esos segundos controversiales.
Deportes - Básquet15 de julio de 2022 El Eco de SunchalesEn la noche del domingo 22 de mayo, en la final del Súper 4 disputada en el Lucio Casarín, los albicelestes derrotaron 83 a 70 al Bicho Verde, en un juego muy reñido que necesitó dos suplementario para destrabarlo.
En ese cotejo hubo una gran polémica en ese partido por el cierre del período reglamentario, donde el árbitro Matías Walter había cobrado una falta sobre el epílogo y luego se descartó por considerarse que había expirado el tiempo de juego. Eso enardeció a los jugadores sunchalenses, y se informó de una agresión del jugador Tomás Lattanzi al mencionado Walter.
Luego de analizar los descargos, observar videos y demás, el Tribunal de Penas de la ARB resolvió dictar un fallo con duras sanciones para jugadores, árbitros y dirigentes.
Estas son las sanciones:
1) Sancionar a los Sres. Gribaudo Germán, Riboldi Gustavo y Anghilante Daniel, del club Atlético de Rafaela, con pena de suspensión de cuarenta y cinco (45) días, por aplicación del art. 77° – inc. a) del c.p. de la CABB.
2) Sancionar al Sr. Bértola Marcelo, del club Atlético Unión de Sunchales, con pena de suspensión de cuarenta y cinco (45) días, por aplicación del art. 77° – inc. a) del c.p. de la CABB.
3) Sancionar al jugador camiseta número 5 del CAU, Borda Bossana Matías, con pena de suspensión de diez (10) partidos, por aplicación del art. 107° – inc. g del c.p. de la CABB.
4) Sancionar al jugador camiseta número 6 (seis) del CAU, Lattanzi Tomás, con pena de suspensión de cuarenta (40) partidos, por aplicación del art. 108° – inc. a) del c.p. de la CABB.
5) Sancionar al jugador camiseta número 10 (diez) del CAU, Zurvera Nicolás, con pena de suspensión de diez (10) partidos, por aplicación del art. 107° – inc. g) del c.p. de la CABB.
6) Sancionar a la terna arbitral compuesta por los Sres. Andereggen Iván, Capolungo Fernando y Walter Matías, con pena de suspensión de cuatro meses y medio (4 - 1/2), por aplicación del art. 90 inc. a) del c.p. de la CABB.,
7) Sancionar al cronometrista, sr. Barrera Ariel con pena de suspensión de treinta (30) días, por aplicación del art. 90 inc. a) del c.p. de la CABB.
8) Rechazar el reclamo presentado por el club Atlético Unión de Sunchales, en cuanto a la solicitud de retrotraer la jugada y disputar las décimas de juego restantes.
El informe fue considerado injusto por la subcomisión de básquet y Comisión Directiva del Club Unión, por lo cual se decidió elevar al tribunal de la Federación de Básquet de la provincia de Santa Fe una apelación formal, aportando nuevamente todas las pruebas correspondientes, a partir de lo cual este tribunal solicitó también los informes a la Asociación Rafaelina para decidir en consecuencia.
Luego de su evaluación, el tribunal de la Federación, definió revertir los puntos más salientes del fallo del HTD, por considerarlos desacertados, parciales y alejados del criterio que debe prevalecer si lo que se desea es conservar los valores de un juego limpio, cabal y sin favorecer a quienes se valen de la manipulación y la falta de caballerosidad para lograr un resultado deportivo.
Citamos a continuación algunos de los puntos sobresalientes del fallo en cuestión:
Respecto a la actuación de la terna arbitral y su posterior descargo:
“…al momento de realizarse este descargo los árbitros contaban con la filmación del encuentro que no deja lugar a dudas sobre lo acontecido. Por ende tuvieron la posibilidad de ver y rever la situación en crisis una y otra vez. En esa inteligencia, adviértase que en vez de aceptar y reconocer lo inevitable de su error, continúan en su postura de que primero existió una señal sonora indicando la finalización del cuarto y el silbato del árbitro es posterior. A esta altura de las circunstancias entendemos que insistir en ello, es falsear deliberadamente los hechos ocurridos, en la forma en que realmente acontecieron.”
Respecto a las protestas posteriores al último cuarto del partido:
“…todo lo que sucedió con posterioridad en el partido de referencia, fue consecuencia directa de aquel error. Sinceramente a esta altura de los acontecimientos y como vulgarmente se dice “con el diario del lunes”; hasta sorprende (y gratamente) que se pudieran jugar los tiempos suplementarios y que la situación no se desmadrara más aún.”
Respecto a la actuación del cronometrista:
“…Ello nos conduce - sana crítica mediante - a rechazar los planteos efectuados por Barrera; y más allá de la imputación que se le efectuara al mismo en relación a la conducta reprochada en el art. 93, inc. b) del Código de Penas de la CABB; cabe el interrogante si además no se debió imputar la contenida en el art. c) "denotar falta de idoneidad para el cumplimiento de su función"; pues si a pesar de la claridad de los elementos analizados, Barrera insiste en una postura contraria, ello deviene al menos en una incapacidad del nombrado para reconocer lo evidente.”
Respecto al desenlace del partido:
retrotraer el partido entre los equipos representativos de los clubes Atlético de Rafaela y Unión de Sunchales – 1era División Masculino, al momento en que el grupo arbitral cobra (a través del Sr. Matías Walter) la falta cometida contra el jugador de CAU Sr. Nicolás Zurvera; se administren los tiros libres producto de su penalización y que se continúe el desarrollo del partido hasta su finalización en tiempo regular o, en su defecto hasta que resulte un equipo ganador.
Finalmente, la subcomisión de básquet del Club Unión afirma: "El foco de nuestro reclamo nunca estuvo centrado en el resultado del partido propiamente dicho. Sabemos que en el deporte se gana y se pierde. Lo que nos resulta innegociable y que no se puede dejar pasar es la falta de humildad que demuestra el hecho de no asumir los errores, ampararse en mentiras para desvirtuar lo que a todas luces ocurrió en el mencionado encuentro, y la suspensión, a todas luces injusta, de nuestros deportistas.
Desde siempre la intención del Club Unión de Sunchales es que las contiendas deportivas se resuelvan en el terreno de juego y en condiciones justas, poniendo por sobre todas las cosas los valores deportivos por los cuales nuestra institución, y la disciplina del básquet ha tenido como bandera. No oponerse a estas situaciones injustas, a través del reclamo mediante los organismos pertinentes, entendemos que es avalar conductas antideportivas, alejarse de los valores que pregonamos y que queremos para nuestro básquet, y sienta peligrosos antecedentes para futuras disputas".
En Sunchales, el Bicho Verde derrotó a Argentino Quilmes por 76 a 56. En tanto, en Rafaela, los Tigres cayeron ante 9 de Julio por 77 a 64.
A diferencia de la temporada 2024, donde se compitió con equipos del Oeste Santafesino, en esta oportunidad será una competencia con los nueve equipos que conforman la Asociación Rafaelina.
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