Aprueban Ordenanza que establece sanciones para quienes incumplan protocolos sanitarios vigentes

Se dispuso además que el Municipio deberá entregar obleas con el factor de ocupación de locales comerciales y de servicios, para que las mismas sean exhibidas de manera visible hacia el exterior y en el ingreso del lugar habilitado. Además, en la misma Sesión, se aprobaron diferentes solicitudes dirigidas al Gobierno provincial y municipal, también referidas a la pandemia por covid-19.

Política19 de abril de 2021 Concejo Municipal de Sunchales
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El Concejo Municipal en pleno presentó y aprobó una nueva ordenanza referida a la situación actual de pandemia, la cual busca ser una herramienta más para aplicar y controlar el cumplimiento de protocolos sanitarios vigentes aprobados por las autoridades locales, provinciales y nacionales. 

De esta manera se dispuso que los mismos son de cumplimiento obligatorio para todos los residentes y visitantes de la ciudad, como así también el acatamiento de los horarios de apertura y cierre de actividades comerciales y de servicios, deportivas, culturales, artísticas y religiosas, dispuestos por el Departamento Ejecutivo Municipal. 

En este marco, se estableció en primer término la entrega por parte del Municipio a los locales comerciales y de servicios, de cartel u oblea donde conste la capacidad de ocupación habilitada, conforme la reglamentación por covid-19. Esta información deberá exponerse de manera visible hacia el exterior y en el ingreso del lugar habilitado. 

También se fijaron las infracciones que podrán ser sancionadas: 
-Falta de visibilidad de la oblea o cartel.
-Adulteración del número de capacidad de ocupación asignado.
-Si excede la capacidad de ocupación habilitada para el comercio. 
-Cuando se incumpla el uso de tapaboca en los lugares donde se ordenara su utilización, según lo establecido en la Ordenanza Nº 2826.
-Infringir las normas de distanciamiento social.
-Circulación en horarios no permitidos sin debida excepción.

Según el artículo Nº 4, el incumplimiento será sancionado con multas, las cuales se incrementan si hay reincidencia en la falta cometida, y pudiendo existir también la clausura. En determinadas situaciones se podrá ordenar la realización de trabajos comunitarios referentes específicamente a tareas de la pandemia, como pena accesoria a la multa.

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