Ciudad Por: Jorge TribouleyHace 5 horas

Parque Habitacional Sunchales: El Ejecutivo propone resolver el suministro de energía eléctrica con una concesión a la Cooperativa de Tacural

El intendente Pinotti anunció el ingreso del proyecto de ordenanza que posibilitaría dar respuesta a los propietarios de los terrenos que adquirieron en las distintas etapas del Plan SunchaLote. La concesionaria se compromete a realizar todas las inversiones necesarias para proveer el servicio y la concesión sería por 30 años.

El Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Sunchales presentó un proyecto de ordenanza en la última sesión ordinaria del Concejo Municipal donde pone a consideración la concesión del servicio público de provisión de energía eléctrica en el megaproyecto urbanístico municipal ubicado al sur del ejido urbano, en Barrio Villa Autódromo, que posee una superficie de 14 hectáreas, subdividida en 332 lotes, en 12 manzanas residenciales y 2 hectáreas de parque público, delimitado por las calles San Juan, Madre Teresa de Calcuta, continuación de calle Gral. Güemes al Oeste y camino rural al Sur, 

Recordemos que uno de los desafíos más importante que debe afrontar Pinotti para concluir el ambicioso desarrollo urbanístico son las obras de media y alta tensión necesarias para el suministro de energía eléctrica que no estaban contempladas en el presupuesto inicial. Incorpora, entre otras instalaciones, el montaje de un nuevo campo de salida 13,2 Kv. que a valores de febrero 2024 ascendía a 1.814,265,694; donde el Municipio debía hacerse cargo de 624,620,151 pesos.

En la iniciativa presentada la semana pasada que los ediles deberán evaluar, el Ejecutivo argumenta que el "Plan Habitacional Sunchalote", creado por la Ordenanza N° 2789/2019 establece la necesidad de garantizar la infraestructura básica necesaria, incluyendo la provisión de energía eléctrica; y que, ante la imposibilidad de asumir los costos y tiempos de ejecución de la obra proyectada por la empresa provincial de energía; la Cooperativa Limitada Tacural de Electricidad, otros servicios públicos y vivienda cuenta con la capacidad técnica y operativa para proveer el servicio, garantizando el acceso efectivo a la vivienda digna por parte de los adjudicatarios del Plan Habitacional Sunchalote. La concesión del servicio de energía eléctrica se otorgaría hasta el 31 de diciembre del 2054.

En los considerandos, se destaca que la Cooperativa de Tacural ya es proveedor del servicio público de energía eléctrica en otros sectores del distrito Sunchales, tanto en zona rural, donde es proveedor exclusivo, como en algunos sectores correspondientes a la zona urbana, destacándose por su trayectoria histórica y su solvencia como prestador confiable.

En el contrato de concesión ingresado en la Legislatura local, que tiene por objeto concesionar la distribución, transformación y comercialización del servicio público de energía eléctrica en el Parque Habitacional Sunchales de manera exclusiva a la Cooperativa Limitada Tacural de Electricidad, otros servicios públicos y vivienda, en el artículo 11 sobre Inversiones y Mantenimiento, la concesionaria se compromete a realizar todas las inversiones necesarias para asegurar la prestación del servicio en condiciones de calidad, seguridad y continuidad.  

En tanto, en el Artículo 16º, referido a obligaciones de la concesionaria, especifica:

1. Realizar las obras de infraestructura necesarias, incluyendo la instalación de redes de distribución, estaciones transformadoras y otros equipamientos requeridos para la provisión del servicio de energía eléctrica.

2. Satisfacer toda demanda de suministro del SERVICIO PÚBLICO en el ÁREA, atendiendo todo nuevo requerimiento, ya sea que se trate de un aumento de la capacidad de suministro o de una nueva solicitud de servicio.

3. Garantizar la operación y el mantenimiento de las instalaciones eléctricas, asegurando la prestación continua, eficiente y segura del servicio.

4. Cumplir con todas las normativas legales y reglamentarias correspondientes al servicio de distribución de energía eléctrica, así como con las que por cualquier concepto le sean aplicables, entre ellas, las de orden laboral y de seguridad social.

5. Reportar periódicamente a LA CONCEDENTE sobre el progreso de las obras y la calidad del servicio prestado.

6. Instalar, operar y mantener las instalaciones y/o equipos, incluso los de generación, de forma tal que no constituyan peligro para la seguridad pública, respetando las normas que regulan la materia.

7. Adecuar su accionar al objetivo de preservar y/o mejorar los ecosistemas involucrados con el desarrollo de su actividad, cumpliendo con las normas destinadas a la protección del medio ambiente actualmente en vigencia, como, asimismo, aquellas que en el futuro se establezcan.

8. Propender y fomentar para sí y para sus USUARIOS el uso racional de la energía eléctrica.

9.Abstenerse de abandonar total o parcialmente la prestación del SERVICIO PÚBLICO o las instalaciones destinadas o afectadas a su prestación, sin contar previamente con la autorización de la CONCEDENTE.

10. Cooperar con la CONCEDENTE en el ejercicio de sus funciones relativas al control del cumplimiento de este contrato y sus normas complementarias, concordantes o reglamentarias.

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