Política Rafaela Noticas 12 de septiembre de 2022

Proyecto de ley en Santa Fe para sancionar a quienes agredan a los docentes

Ingresó este lunes a la Legislatura firmado por 8 diputados. Propone trabajos comunitarios para el agresor, que podrían duplicarse si el hecho violento ocurre frente a los alumnos. También se podrá agregar a la sanción, la obligación de asistir a cursos. Si el agresor es menor, la penalidad le correspondería a sus padres o tutores.

Según pudo conocer RAFAELA NOTICIAS, este lunes ingresó a la Legislatura santafesina un proyecto denominado "Ley de Protección del personal docente y no docente en los establecimientos educativos", por iniciativa de la diputada radical Georgina Orciani y firmada por 7 diputados más. La norma intenta darle un "marco normativo y sancionatorio a los fines de la protección del personal docente y no docente en los establecimientos educativos de gestión pública y/o privada en razón del cumplimiento de sus funciones de todos los niveles y modalidades de la Provincia de Santa Fe, frente a toda forma de violencia, agresión, acoso, maltrato y/u hostigamiento, incluyendo hechos cometidos a través de medios virtuales y otras tecnologías de la información y comunicación, en razón del cumplimiento de sus funciones, por parte de alumnos, padres, madres, responsables de los alumnos y/o personas ajenas a la comunidad educativa" (ART. 1).

El proyecto establece, por ejemplo, que "queda expresamente prohibida toda orden, directiva o sugerencia que tenga como finalidad impedir que el o los docentes y no docentes afectados efectúen las denuncias o acciones legales que pudieran corresponder" (ART. 2). Agregando que " en todo momento se procurará preservar y/o restablecer la autoridad del docente y no docente ante cualquier hecho que lo tuviere como víctima. La falta de cumplimiento de la presente norma se considerará falta grave".

También en su articulado expresa que "es obligación de toda persona, y en particular de quienes integran la comunidad educativa, respetar su función (del docente y no docente) y abstenerse de cualesquiera expresiones, actos u omisiones que de cualquier manera impliquen un desconocimiento o menoscabo de la misma" (ART. 3).

Establece sanciones para quienes incumplan lo mencionado anteriormente, más allá de las acciones legales o administrativas que pudieran corresponder. El agresor "será sancionado con trabajo comunitario gratuito, preferentemente con tareas de reparaciones, limpieza, pintura o asistencia de cualquier índole en instituciones educativas", siendo el gobierno local el que aplicará la sanción eligiendo la institución donde se prestarán las tareas.

Además "se podrá imponer, como obligación accesoria a las anteriores, la realización de cursos o talleres obligatorios destinados al aprendizaje por el infractor de las normas básicas de respeto a la función educativa y la importancia de la figura del docente y la educación en la sociedad" (Art.6). También la norma fija que "cuando la agresión fuere reiterada e insistente y/o frente a los alumnos, la sanción aplicable se podrá elevar al duplo del máximo fijado".

Mientras que "cuando el agresor fuere menor de edad, la sanción deberá ser satisfecha por sus padres, tutores o encargados" (Art. 4). Finalmente, se menciona en el proyecto de ley que de aprobarse dicha normativa, la misma "se difundirá mediante cartelería apropiada en lugares visibles de todos los establecimientos educativos de cualquier nivel y modalidad de la Provincia de Santa Fe. Asimismo, se organizarán charlas y actividades para difundir entre el alumnado y la comunidad educativa en general las obligaciones de respeto y consideración al docente".

Fundamentos del proyecto

 "Vemos como los docentes y las autoridades escolares padecen violencia tanto a través de amenazas, contestaciones irrespetuosas, insultos, actitudes de desafío, negativa a obedecer indicaciones,como así también dañosa los bienes, golpes y empujones. Estas acciones que ponen en peligro el ámbito de enseñanza y aprendizaje, a su vez generan tensiones que se suman al cúmulo de tareas y preocupaciones que el docente ha debido absorber en los últimos tiempos. Es deber del Estado proteger al personal agredido y salvaguardar su autoridad lesionada, tomando un rol activo respecto al tema y enviando un mensaje claro de que no se permiten ni toleran tales agresiones", expresan los fundamentos del proyecto. Agregando: "El objetivo final del proyecto es disuadir este tipo de conductas generando un cambio cultural para revalorizar las prácticas docentes. No queremos que la escuela sea un centro de actos violentos". 

En otras provincias

Existen normativas específicas en otras provincias que sancionan a quienes agreden a docentes o no docentes en el marco de las tareas que realizan en las instituciones. En 2016 la provincia de Buenos Aires, por citar un ejemplo, sancionó una ley que castiga con multas económicas y hasta 60 días de arresto a quienes agreden verbal o físicamente a docentes y no docentes. En Córdoba rige, desde 2015, el Código de Convivencia que prevé multas, trabajos comunitarios o arresto de varios días para quienes tengan este tipo de actitudes. 

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