Inminente desregulación del sistema de salud: Beneficiarios podrán elegir libremente entre obra social y prepaga

Según trascendió, el gobierno nacional tiene todo listo para publicar un decreto este lunes 19 para desregular las obras sociales. La medida, que de alguna manera se había incluido en el mega DNU y la Ley ómnibus, liberalizará de forma absoluta el sistema de salud y abre la competencia con la medicina prepaga.

País 17 de febrero de 2024 iProfesional
Desregulacion sistema de salud

El presidente Javier Milei parece dispuesto a librar una nueva batalla contra la CGT.  La medida, que de alguna manera se había incluido en el mega DNU y la Ley ómnibus, liberalizará de forma absoluta el sistema de salud y abre la competencia con la medicina prepaga. Y tendrá un impacto directo en las cajas de los sindicatos.

Es que, una vez publicado el decreto, se eliminaría la intermediación de las obras sociales y el trabajador podría derivar los aportes directamente a las empresas de medicina prepaga. Firmas que, ante esta posibilidad, se verían beneficiadas.

Otra norma que dejará de tener validez es una que obliga a los trabajadores que "inicien una relación laboral deberán permanecer un año en la Obra Social correspondiente a la rama de su actividad antes de poder ejercer el derecho de opción de cambio".

Este y otros decretos que probablemente se publiquen en los próximos días, fueron tratados este viernes en la "mesa técnica" que dispuso el Gobierno y que está encabezada por Federico Sturzenegger y Santiago Caputo.

La medida fue incluida en el "mega DNU"

Con el nuevo esquema, los trabajadores podrán derivar sus aportes directamente a las prepagas

En rigor, lo que hará el Gobierno la próxima semana es publicar la reglamentación de una parte del mega DNU que el presidente firmó en diciembre.

Dentro de los artículos que se habían incluido en el decreto, ya se habilitaba a que los trabajadores puedan elegir prepagas sin que los fondos pasen por las obras sociales y sin un tiempo mínimo de permanencia.

De implementarse esta medida cada afiliado podrá decidir a qué empresa van la totalidad de sus aportes, sin pasar por una obra social. Hasta el momento, los usuarios de las prepagas derivan sus aportes a una obra social sindical, que se quedaba con un porcentaje antes de girar los fondos a la prepaga. Esa intermediación no existirá más.

Tal como analizaron desde el CEPA, esta medida "desfinancia a las obras sociales y le quita el carácter solidario al sistema". 

Hasta el momento, las obras sociales sindicales son las únicas habilitadas para retener los aportes sociales destinados a la cobertura médica de los trabajadores bajo relación de dependencia: es del 3% del aporte de los trabajadores y el 5% de las empresas, con los cuales se financian las obras sociales.

Los cambios en la medicina prepaga que se incluyeron en el DNU

Con el DNU, el Gobierno busca modificar la Ley N° 23.660 de Obras Sociales. Para los consumidores se trata de una buena noticia. Porque, al no haber restricciones para competir libremente entre las empresas de medicina prepaga y las obras sociales, se beneficiarán con servicios y bienes de mejor calidad y con precios más bajos.

A partir de la entrada en vigencia del decreto, las empresas privadas de la salud podrán captar a los afiliados de las obras sociales porque están autorizados a recibir los aportes obligatorios de los trabajadores registrados, o sea, en relación de dependencia.

Estos aportes sólo eran obligatorios para las obras sociales que, de esa manera, tenían afiliados cautivos. A partir de ahora, deberán competir ofreciendo mejores prestaciones para no perder el favor de los usuarios.

Otras modificaciones para las prestadoras de salud que se incluyeron en el mega DNU del Gobierno ya se encuentran en vigencia, como la potestad de las prepagas de aumentar el porcentaje que decidan. De hecho, en los últimos meses se registraron distintos aumentos en ese sentido.

Además, el DNU estipulaba que las prepagas podrán aplicar precios diferenciales en las cuotas dentro de un mismo plan, según la edad del afiliado, con una variación máxima de tres veces entre el precio de la primera y la última.

Otros puntos del mega decreto estipulaba que las empresas de medicina privada no deberán transferir a los afiliados de una empresa a otra en caso de quiebre.

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