Nuevas actividades exceptuadas: Los comercios minoristas podrán trabajar entre las 12:00 y las 16:00 pero sin atención al público

El Municipio informó las adaptaciones que tendrán en el orden local la medida impulsada por el gobierno nacional que se aplicará en 22 distritos del país. Se incluye la venta de mercadería ya elaborada a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio, con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística.

Ciudad20 de abril de 2020 El Eco de Sunchales
11 nuevas excepciones bis

La Municipalidad informó sobre el funcionamiento de once actividades exceptuadas por la Decisión Administrativa 524 establecido por el Poder Ejecutivo Nacional.

1️- Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos: es necesario aclarar que el puesto de Santa Fe Servicios ubicado en el Palacio Municipal mantendrá suspendido su funcionamiento.

2️- Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

3️- Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas: mediante esta excepción, es necesaria la puesta en marcha de las oficinas del Juzgado de Faltas y de Patentamiento, ambas dispuestas en PuntoGob Terminal.
*Desarrollarán sus tareas de lunes a viernes, de 8:00 a 11:00.

4️- Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.
En Sunchales, todos los comercios que decidan comenzar a funcionar bajo esta modalidad dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional y regulado por el Ministerio de Trabajo de la provincia de Santa Fe deberán cumplir con las siguientes medidas:
*Podrán desarrollar su actividad económica de 12:00 a 16:00.
*Se autorizará hasta 2 personas para la circulación en la vía pública en tareas de entrega de las mercaderías, y 1 solo vehículo, el cual podrá ser automóvil o motocicleta. En el caso de la bici, podrán ser hasta 2 las autorizadas a entregar por comercio.
*Se autorizaría a 1 propietario y/o 2 empleados de comercios y actividades declaradas como no esenciales, en las condiciones que se exponen más abajo, a concurrir a los locales al solo efecto de armar y organizar los pedidos recibidos on line o por teléfono.
*Las transferencias de insumos y mercaderías que cada comercio necesite adquirir deberá realizarse en el Centro de Transferencia de Cargas.

5️- Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. (NdR: El Colegio de Odontólogos de la provincia de Santa Fe recomiendan restringir las actividades a las prácticas de emergencia o urgencia impostergable).

6️- Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

7️- Ópticas, con sistema de turno previo.

8️- Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

9️- Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género: ante situaciones de violencia de género, se deberán comunicar al (03493) 15437136, atenderá las 24 horas.

10- Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo: deberán presentar documentación, de manera previa al inicio de sus actividades. Ante cualquier consulta, deberán comunicarse con la subsecretaria de Producción y Cooperativismo, Carolina Prados, al siguiente teléfono: 03493 – 15419135.

1️1- Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo: deberá respetarse el mismo proceso que el punto Nº 10.

Cabe aclarar que en la página oficial del Gobierno de la Provincia, en el siguiente link : http://www.santafe.gob.ar/index.php/web/content/view/full/234680/(subtema)/93802 se encontrarán disponiblen los protocolos que refieren a cada una de las nuevas excepciones.

Ante denuncias por incumplimientos de las normativas, comunicarse al 425500 interno 105.

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