País Chequeado.com 14 de junio de 2024

Ley Bases: tras su aprobación con cambios en el Senado, ¿cómo sigue el trámite en Diputados?

Al recibir el proyecto modificado, la Cámara baja puede aprobar los cambios o insistir con la versión que había aprobado a fines de abril. También puede aceptar algunos cambios y desechar otros, pero no puede introducir nuevas modificaciones.

El Senado aprobó con modificaciones el proyecto de “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”, que fue presentado por el Poder Ejecutivo y que tenía media sanción de la Cámara de Diputados. La votación en la Cámara alta resultó empatada y por eso debió desempatar la vicepresidenta Victoria Villarruel, que apoyó la iniciativa.

Como fue aprobado con cambios, el proyecto aún no terminó su trámite parlamentario. Debe volver a la Cámara de Diputados, donde había iniciado su camino legislativo. En esta nota, te contamos cómo sigue el trámite de la Ley Bases.

La Ley Bases vuelve a la Cámara de Diputados

El texto que había sido aprobado por la Cámara de Diputados a fines de abril sufrió modificaciones en 3 instancias durante su trámite por el Senado: en el debate de comisiones, durante la sesión del 12 de junio en la que se trató el proyecto en el recinto y en la votación en particular.

Es por eso que el proyecto debe volver a la cámara de origen, en este caso, la Cámara de Diputados. Esto abre 3 escenarios posibles:

1- La Cámara de Diputados aprueba los cambios y queda sancionado el texto aprobado esta semana por el Senado. Se envía al Poder Ejecutivo para su posterior promulgación.

2- La Cámara de Diputados rechaza las modificaciones introducidas por el Senado e insiste con la redacción aprobada inicialmente a fines de abril. Para eso, necesita el voto de la mayoría absoluta de los diputados presentes. Ese redacción original se envía al Ejecutivo para su promulgación.

3- La Cámara de Diputados aprueba algunas modificaciones del Senado y desecha otras y se envía la versión final al Ejecutivo para su promulgación.

Esto último conlleva algunas aclaraciones. Cuando se vota en particular en la cámara revisora (en este caso, el Senado), se debe tomar nota de las mayorías alcanzadas para la aprobación de cada modificación; es decir, si fue por mayoría simple o por mayoría de 2 tercios.

Si la Cámara de Diputados quiere revertir una modificación introducida por el Senado, debe alcanzar una mayoría igual o superior a la que logró el Senado para realizar esa modificación. Es decir, si el Senado aprobó los cambios por mayoría absoluta, a la Cámara baja le alcanza con esa mayoría para revertir el cambio. Pero si los senadores modificaron un artículo con el voto de las 2 terceras partes del cuerpo, la Cámara de Diputados necesitará alcanzar esa misma mayoría para revertirlo.

Por otro lado, cuando recibe el proyecto modificado, la Cámara de Diputados puede aceptar o rechazar cambios. Lo que no puede es incorporar nuevas modificaciones.

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