Judiciales MPA 29 de febrero de 2024

Dispusieron la prisión preventiva de un hombre que habría abusado sexualmente del hijo de su pareja

El imputado tiene 29 años y sus iniciales son MEF. Los ilícitos fueron cometidos entre septiembre de 2021 y febrero de 2022, época en la que la víctima transitaba la primera parte de la escuela primaria en Sunchales.

La cautelar fue ordenada sin plazo por la jueza de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), Cristina Fortunato, en una audiencia que se desarrolló en los tribunales de Rafaela. Por su parte, la fiscal de la Sección Violencia de Género, Familiar y Sexual (Gefas) de la Fiscalía Regional 5, Gabriela Lema, está a cargo de la investigación y es quien solicitó la privación de la libertad. 

La funcionaria del MPA valoró que “al fundamentar su decisión, la magistrada manifestó que tanto la probabilidad de autoría como la materialidad de los hechos estaban lo suficientemente acreditadas con las evidencias presentadas por la Fiscalía”. Además, indicó que “la jueza consideró que la preventiva era necesaria ya que los riesgos procesales estaban latentes”.

Abusos

Lema señaló que “el imputado – cuyas iniciales son MEF – cometió los abusos en un número indeterminado de veces entre septiembre de 2021 y febrero de 2022, época en la que el niño cursaba la primera parte de la escuela primaria”. Al respecto, puntualizó que “los delitos tuvieron lugar en una casa en la que ambos vivían con la madre de la víctima”. 

La fiscal detalló que “el imputado llevó a cabo sus conductas delictivas en diferentes ocasiones en las que su pareja se ausentó del domicilio para ir a trabajar”. En tal sentido, afirmó que “agredió sexualmente al niño, bajo amenazas de castigarlo físicamente si le contaba a su madre lo sucedido”.

“El accionar del hombre investigado tuvo la entidad suficiente para vulnerar el desarrollo libre y progresivo de la sexualidad de la víctima”, subrayó la fiscal.

Calificación penal

El hombre de 29 años es investigado como autor de abuso sexual con acceso carnal agravado (por la guarda y por haber sido contra un menor de edad con el que convivía). A su vez, se le endilgó la autoría de promoción a la corrupción de menores agravada (por haberse tratado de un menor de 13 años, mediar amenazas, por la convivencia y por la guarda) y coacciones.

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