Judiciales La Opinión de Rafaela 06 de enero de 2024

Caso Spaggiari: revelaron casos de 174 nuevas víctimas y 400 hechos de estafa

En la mañana del viernes 5, en las salas de los tribunales penales de Rafaela, se llevaron a cabo las audiencias imputativas y cautelares a dos nuevos imputados del suceso de estafas múltiples conocido como “Caso Spaggiari”. Los nuevos imputados son Carlos Andrés C. y Cristian Marcelo F. – ambos de 49 años -, en calidad de miembros de la asociación ilícita y por estafas reiteradas.

Fiscal Guillermo Loyola

Presidió el debate el juez de investigación penal preparatoria (IPP) Dr. Javier Bottero. En representación del Ministerio Público de la Acusación (MPA) local estaba el fiscal Dr. Guillermo Loyola; en tanto que en representación de querellantes hacían lo propio el Dr. Carlos Martino Navarro y el Dr. Rafael Juárez. La defensa técnica de los nuevos imputados está a cargo de la Dra. Cecilia Álamo.

Si bien el fiscal Loyola pretendía en la misma audiencia realizar una ampliación de la imputativa a los ya detenidos de la presunta asociación ilícita, Fernando Spaggiari, Matías Spaggiari y su madre Mirta Condotto, esto no pudo realizarse ya que por fallos en el sistema informático aún no habían sido notificados en los plazos de ley.

HECHOS Y VÍCTIMAS

En relación a las nuevas víctimas – a modo de síntesis - se puede decir que en la audiencia de la víspera se ventilaron los casos de 174 nuevas víctimas de 400 hechos de estafa.

A modo estimativo se podría decir que entre las primeras 173 estafas reveladas a fines de octubre pasado y las 400 nuevas estafas a las 174 nuevas víctimas de la jornada de ayer, el monto total de la defraudación en dólares y en pesos podría alcanzar o superar la suma de U$S 5 millones (de dólares).

En relación a los hechos Loyola relató que, “Se atribuye a Fernando Luis S., Matías Germán S., Marcela B., Carlos Andrés C., Cristian Ezequiel C., Cristian F., Mirta C., Germán Darío G., Carolina S., y Gabriel U. haber conformado y tomado parte de una asociación ilícita que tuvo como objeto ejecutar maniobras defraudatorias en perjuicio de la mayor cantidad posible de personas en el período temporal comprendido aproximadamente entre el 28 de noviembre del 2019 y el 28 de noviembre del 2022.

“Tales maniobras –relató el fiscal Loyola- consistieron en ofrecer a la mayor cantidad de personas posible la suscripción de uno o más convenios privados, recurriendo para ello a la publicidad por distintos medios y el ‘boca a boca’, folletería, relaciones sociales, contactos por distintas vías a través de sus miembros y por sobre todo, se aprovecharon de la fachada que les otorgaban los negocios inmobiliarios desarrollados por el Grupo Spaggiari SRL.

“En dichos convenios –siguió el fiscal- que no reflejaban la realidad económica del negocio y que solo en las apariencias se les otorgaba la estructura y formalidad de contratos de mutuo dinerario, las víctimas se obligaban a entregar distintas sumas de dinero en efectivo, de manera nacional o dólares estadounidenses, en favor de la asociación ilícita que captaba de esa forma los ahorros de los particulares. 

“Con el objeto de lograr la suscripción de dichos convenios, se les indicaba falsamente a las víctimas que sus aportes serían destinados a inversiones en el rubro inmobiliario y en actividades productivas, tales como la fabricación de ladrillos, aberturas y otros elementos relacionados con la construcción de inmuebles, para lo cual recurrían a invocar, generando confianza en las víctimas, a las empresas GS Block SRL, de las que Fernando Luis S. y Matías Germán S. son los únicos socios y administradores y cuyo objeto es la fabricación y comercialización de ladrillos ecológicos, suelo-cemento y otros materiales afines; y QS Open Aberturas SRL, de las que Fernando Luis S. y Matías Germán S. son socios, junto con un tercero y cuyo objeto es la realización y fabricación por sí o por terceros, o asociada a terceros de aberturas y cerramientos en general, aluminio, PVC, comercialización y distribución de aberturas; todo lo que según les hicieron creer a las mismas, en forma engañosa, generaría ganancias genuinas y permitiría en plazos relativamente cortos, reintegrarles el capital y brindarles rendimiento, que se abonarían en forma mensual, muy superiores a lo que, por ejemplo, podían obtenerse mediante colocaciones bancarias a la fecha en que se concretaron dichas operaciones. 

“Las víctimas -siguió el representante del MPA-, impulsadas por intereses y motivos de diversa índole (necesidades económicas, realizar inversiones con sus ahorros para obtener ganancias, evitar la depreciación del valor de sus ahorros ante el contexto económico, entre otros), bajo engaño depositaron su confianza en la asociación ilícita y accedieron a hacer disposiciones patrimoniales en beneficio de esta organización criminal, la que se apropiaba ilegítimamente de esos fondos y que disponía de ellos, en parte para pagar los vencimientos de intereses y capital correspondientes a los convenios celebrados tanto con ellos como con anteriores inversores, también víctimas, que por su lado y de buena fe, habían invertido en el mismo esquema sin conocer todas sus características.

“Estos pagos –continuó el fiscal- se hacían en efectivo en las oficinas del Grupo Spaggiari SRL ubicada en Boulevard Roca 608, o bien enviando el dinero en efectivo con destino a donde se encontraban las personas en cuestión hasta noviembre de 2022, momento en el cual las víctimas dejaron de percibir los pagos de intereses y los reintegros de capital”. 

“Dentro de la asociación ilícita –continúa la imputación-, Fernando Luis S. y Matías Germán S., en el carácter de jefes de la asociación, organizaron y dirigieron las actividades ilícitas siguiendo la metodología descripta; mientras que Myriam Marcela B., Carlos Andrés C., Cristian Ezequiel C., Mirta Ofelia C., Cristian Marcelo F., Germán Darío G., Carolina Rocío S. y Gabriel Lorenzo U., en sus roles de miembros, cumplían distintas funciones tendientes a llevar adelante el emprendimiento delictivo, todos ellos como figuras visibles y/o representantes de la firma, bajo la dirección de los jefes”.

“Así –continúa-, entre otras funciones, Mirta C. atendía y recibía el dinero que entregaban las víctimas; Germán G. era el encargado de preparar y hacer suscribir los convenios a las víctimas que concurrían personalmente a las oficinas del Grupo; Miriam B. y Carolina S. coordinaban los turnos que se asignaban a las personas que debían retirar pagos en efectivo y entregaban el dinero correspondiente en las oficinas de la inmobiliaria. Mientras que Carlos C., Cristian F., Gabriel U. y Cristian C. promocionaban la suscripción de convenios, captando nuevas víctimas, lo que Gabriel U., al residir en la ciudad de Sunchales, hacía respecto a personas de dicha ciudad, y se dedicaba a trasladar hasta sus domicilios el dinero correspondiente a las cuotas mensuales”.

CALIFICACIÓN JURÍDICO PENAL

Respecto de la calificación jurídico penal que provisionalmente merecen los hechos respecto de Carlos Andrés C. como Cristian Marcelo F. según lo atribuido por el fiscal Loyola, es “asociación ilícita en carácter de miembros, en calidad de coautores, y estafa en concurso real con estafas reiteradas”.

RESOLUCIÓN DEL MAGISTRADO

Finalmente el juez Javier Bottero otorgó la libertad a ambos imputados bajo las siguiente medidas alternativas a la prisión preventiva: fijar domicilio, que no podrán modificar sin autorización del juez; designar un cuidador; constituir una fianza personal de 50 millones de pesos; prohibición de tomar contacto o acercamiento con víctimas o testigos; firmar semanalmente en la comisaría de su jurisdicción y prohibición de salir del país. 
Además, el juez dispuso una inhibición general de los bienes por la suma de 60 millones de pesos a cada uno de los imputados, más el 50% para intereses y costas del proceso.

En relación a la inhibición de bienes de los imputados, el fiscal Loyola argumentó como base para ese pedido, que se hace en atención a la reparación económica de las víctimas, por lo que se pretende cautelar los bienes que están sujetos a decomiso. El fiscal también tuvo en cuenta los daños económicos, de salud y psicológicos que sufrieron las víctimas que entregaron su dinero de buena fe.

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