Economía Chequeado.com 02 de enero de 2023

Qué restricciones a la compra de dólar ahorro siguen vigentes y a quiénes afecta

En esta nota, se informa sobre las más de 10 restricciones que existen para acceder a la compra del dólar ahorro que tiene un límite mensual de US$ 200, con un recargo del 65% sobre el valor oficial de la divisa. ¿Porqué hay grupos de usuarios que aún se ven imposibilitados de acceder al mercado oficial de cambios, pese a que ya no reciban los beneficios por los que se les impidió la compra de dólares?

Desde el 15 de septiembre último, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispuso que aquellas personas que mantuvieron los subsidios al consumo de energía eléctrica, gas natural y agua potable (más de 9 millones de hogares, según datos oficiales) no podrían acceder a la compra del dólar ahorro en el mercado oficial. 

Estos usuarios se sumaron así al listado de personas a quienes se les prohibió el acceso al mercado de cambios desde el comienzo de la gestión de Alberto Fernández (Frente de Todos).

En esta nota te contamos qué ocurrió con otros grupos de usuarios que aún se ven imposibilitados de acceder al mercado oficial de cambios, pese a que ya no reciban los beneficios por los que se les impidió la compra de dólares.

Las restricciones actuales

Como se cuenta en esta nota, existen más de 10 restricciones para acceder a la compra del dólar ahorro. Quienes sí pueden hacerlo, además, tienen un límite mensual de US$ 200, con un recargo del 65% sobre el valor oficial de la divisa (30% por el impuesto PAIS y 35% a cuenta del impuesto a las Ganancias).

Las restricciones fueron establecidas a través de las comunicaciones “A 7105”, “A 7106” y “A 7552” del BCRA. Actualmente alcanza a las siguientes personas: 

  • Empleados que durante la pandemia del COVID-19 cobraron su sueldo por el programa Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).
  • Beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) y de otros planes sociales, como la Asignación Universal por hijo (AUH), la Tarjeta Alimentar y el programa Potenciar Trabajo.
  • Titulares de tarjetas de crédito que en 2020 refinanciaron sus pagos con una tasa especial.
  • Acreedores de créditos hipotecarios UVA a quienes se les congeló la cuota durante la pandemia.
  • Beneficiarios de crédito tasa cero para autónomos y monotributistas,
  • Beneficiarios de créditos a tasa cero para industrias culturales o créditos con tasa de 24% para pago de sueldos/financiación de capital de trabajo.
  • Cotitulares de cajas de ahorro compartidas.
  • Personas sin ingresos justificables.
  • Quienes posean subsidios a la luz, el gas o el agua.
  • Quienes realizaron gastos en dólares con tarjetas de crédito o débito sólo podrán comprar la diferencia entre el importe financiado y el límite de US$ 200. En caso de superar ese valor, la diferencia se descontará en los meses siguientes.
  • Quienes hayan comprado dólar MEP o contado con liquidación no podrán comprar dólar ahorro en los siguientes 90 días.
  • Quienes hayan comprado criptomonedas o títulos públicos en dólares tampoco podrán acceder al dólar ahorro en los siguientes 90 días.

Estas restricciones generaron una fuerte caída en la compra de dólares por parte de ahorristas particulares: mientras que en agosto de 2020 unas 4 millones de personas adquirieron US$ 750 millones de dólares (el pico más alto de la gestión de Fernández), en junio último 1 millón de personas compraron US$ 256 millones: una caída del 65%.


El analista financiero Christian Buteler señaló a Chequeado que “la gran mayoría hoy ya no puede comprar dólares”. Y agregó: “Los primeros días del mes, que es cuando se activa ese tipo de compras, el BCRA suele terminar la rueda con saldo negativo, y en los primeros días de octubre terminó con saldo positivo. Eso marca que han dejado afuera a la gran mayoría de las personas”.Compra-de-dolares 2

¿Qué pasó con quienes ya no perciben los beneficios?

En este escenario, actualmente persisten algunas restricciones a la compra de dólares, pese a que el beneficio que impidió el acceso al mercado de cambios ya no existe.

El caso más sonoro es el de las personas que cobraron parte de sus sueldos con el ATP. Según datos oficiales, se trata de casi 3 millones de beneficiarios, a quienes el Estado le aportó hasta el 50% de su salario en al menos un mes del año 2020.

Si bien el programa finalizó hace casi 2 años, los beneficiarios aún no pueden acceder al mercado de cambios, dado que la comunicación del Banco Central que se los impide continúa vigente.

Agustín D’Attellis, director del BCRA, señaló al respecto que “en los casos donde el beneficio hace un tiempo dejó de percibirse, correspondería ordenar la situación y quitar la prohibición”.

No obstante, desde el área de Prensa del Banco Central indicaron a Chequeado que hasta el momento “no hubo ningún cambio normativo que afecte la compra de dólar”. Es decir, que quienes percibieron el ATP en 2020 aún no pueden acceder al dólar oficial.

Lo mismo ocurre con las personas que cobraron el IFE en 2020: originalmente se les prohibió el acceso al mercado de cambios, pero la situación se extendió más allá del período en el que recibieron el beneficio y el impedimento no fue cancelado.

Con respecto a los subsidios a la luz, el gas y el agua, D’Attellis había sostenido que quien se diera de baja “inmediatamente” podría acceder al mercado cambiario, siempre y cuando no tuviera otra restricción.

Sin embargo, desde el área de Prensa de la Secretaría de Energía de la Nación indicaron a este medio que “la baja no es automática” y que al BCRA se le informará mensualmente el listado de beneficiarios.

Esta mecánica puede generar demoras, por lo que muchas personas que se dieron de baja no podrán volver a comprar divisas de forma inmediata. Hasta el 1° de octubre (último dato oficial disponible), unos 115 mil hogares habían renunciado a los subsidios.

Casos temporarios

Algunas de las prohibiciones para la compra de dólares son temporarias y duran hasta la finalización del beneficio que originó la medida.

Es el caso de la refinanciación de tarjetas de crédito y la refinanciación de los créditos UVA, la normativa del BCRA dispone que la prohibición se mantendrá hasta “la total cancelación de la financiación o mientras dure el beneficio respecto a la actualización del valor de la cuota”.

Es decir, que aquellas personas que hayan cancelado la deuda con la tarjeta de crédito o ya no reciban el congelamiento de la cuota del préstamo hipotecario UVA (algo que ya no ocurre) deberían poder acceder a la compra del dólar oficial, siempre y cuando no tengan ningún otro impedimento.

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