Piden que Perotti reglamente la Ley que otorga beneficios a hoteleros y gastronómicos de la provincia
Diputados provinciales se reunieron con representantes del sector hotelero y gastronómico de Rafaela, Rosario y Santa Fe cuyas actividades se encuentran en “estado terminal, al borde del precipicio”, según remarcaron desde las Cámaras. Coincidieron en la necesidad de que el gobierno provincial reglamente con urgencia la Ley de Emergencia que fue sancionada el año pasado. Beneficia a estas actividades y otras que fueron golpeadas por la pandemia.
Legisladores provinciales y representantes de las Cámaras del sector hotelero y gastronómico de la provincia se reunieron este miércoles y pusieron de manifiesto la necesidad de que el Poder Ejecutivo reglamente con suma urgencia la Ley 14009 de Emergencia para el sector turístico, gastronómico, hotelero y otras actividades afectadas por la pandemia”.
Del encuentro virtual participaron los diputados Pablo Pinotti, Pablo Farías, José Garibay y Lorena Ulieldin junto a representantes de la Cámara de propietarios de Hoteles, Restaurantes, Bares, Confiterías y afines de Rafaela; de la Asociación Civil Empresaria Hotelero Gastronómica y Afines Rosario y de la Asociación Empresaria Hotelera Gastronómica de Santa Fe.
La convocatoria la realizó la Cámara rafaelina. Silvina Imperiale, su presidenta, fue quien abrió el encuentro brindando un análisis del panorama del sector: “la hotelería es un enfermo terminal, respira porque está conectada artificialmente. La gastronomía también. Estamos desesperados, con temor y al borde del precipicio” graficó. Deudas contraídas durante la pandemia” tanto impositiva como con proveedores. Se tuvieron que pedir préstamos a los bancos para pagar los salarios. Es una actividad que de esta manera no se pude seguir sosteniendo”
LA LEY VIGENTE
Pinotti destacó la necesidad de un “acompañamiento y una rápida respuesta de un Estado provincial que hoy está ausente. Nosotros en la Legislatura le dimos esta herramienta para que pueda dar respuestas a estos sectores que han sido de los más castigados por la pandemia”
Efectivamente, se trata de la ley 14.009 que fue votada por la Cámara baja en julio de 2020 y, luego de meses de debate, le dio sanción definitiva el Senado en octubre. Su autor, el diputado Farías, recordó: “La ley fue producida como consecuencia del esfuerzo de muchas voluntades juntas. Hoy sabemos que la provincia tiene solvencia suficiente para dar respuesta a esta coyuntura. El Estado debe equilibrar ante los sectores más perjudicados” por la pandemia: “sabemos el efecto económico que tiene”
La iniciativa busca brindar asistencia, reactivación y reconversión de las actividades turísticas, gastronómicas entre otras con una serie de medidas y beneficios
La ley tiene vigencia hasta el 30 de junio de 2021 y puede ser prorrogada por 6 meses más o en función de la emergencia sanitaria nacional. Dispone de la creación de un “Fondo de Asistencia Financiera” de $800.000.000. Pero, falta la reglamentación del Poder Ejecutivo que encabeza Omar Perotti.
Garibay recordó que, desde la Comisión de Industria y Comercio de la Cámara de Diputados, han realizado el pedido para “que se reglamente esta ley que ha sido sancionada con un consenso total” mientras que Ulieldin explicó los alcances impositivos de la norma.
LAS CÁMARAS
Rodolfo Verde, de Santa Fe, agradeció el hecho de estar reunidos y coincidió con sus colegas en que el sector vive “ un proceso muy complicado”. Gustavo Gardebled, de Rosario, subrayó que “las medidas demoran mucho tiempo y cuando llegan, se licuan” por varios factores entre ellos, la inflación. Por último, Mario Zavaleta (de Santa Fe) rconvocó a estar “todos juntos, luchando para lograr la subsitstencia de la actividad”
BENEFICIOS
La Ley 14009 dispone, entre otros puntos: 1) Diferir y prorrogar el pago, de Ingresos Brutos; Inmobiliario Urbano y Rural, Patente Única sobre Vehículos, Impuesto de Sellos, 2) Readecuar la facturación de los servicios de energía y agua potable; 3) Otorgar aportes no reintegrables o programas de asistencia económica, complementarios de otros programas nacionales o provinciales existentes; 4) Acceso al crédito con subsidio de tasas.
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