Disponen la creación del sistema de Consorcios Vecinales para la realización de obras públicas
El Concejo Municipal de Sunchales dispuso, a través de la Ordenanza Nº 2806, la creación en el Municipio de “Consorcios Vecinales”, que tengan como fin principal el acceso a obras públicas tales como cordón cuneta, desagües y/o pavimento, u otras que el Gobierno local considere viables, mediante el sistema de financiamiento a cargo de los beneficiarios de las obras.
Según se establece en el artículo Nº 2 de la nueva norma, se define como Consorcios Vecinales a la agrupación de vecinos que tengan un interés común en el desarrollo de una determinada obra, la cual debe ser validada por el Departamento Ejecutivo Municipal, en un espacio público que afecte a los mismos.
Para ello se deberá conformar una Comisión Ejecutiva de cinco personas, cuyos cargos estarán distribuidos de la siguiente manera: Presidente, Intendente Municipal o quién designe en su reemplazo; Tesorero, responsable del área económica del Municipio o quién designe en su reemplazo; Técnico de Obra, responsable de obras del Municipio o quién designe en su reemplazo; Vocales, dos representantes de los/as vecinos/as pertenecientes al Consorcio.
Las obras deberán realizarse bajo el sistema de administración municipal y el cumplimiento de los compromisos y responsabilidades contractuales están a cargo de la Municipalidad local.
Funcionamiento y disposiciones generales
La Ordenanza dispone que para iniciar un Consorcio Vecinal, los/as vecinos/as interesados/as deberán hacerlo en forma expresa, por nota y acreditando la adhesión de un mínimo de un ochenta por ciento (80%) del total de los afectados por la obra propuesta. También deberán proponer el nombre de dos personas, cuyas propiedades se beneficien con la obra, para que integren la Comisión Ejecutiva.
La solicitud presentada deberá ser considerada por el Intendente y sus colaboradores, a fin de evaluar su factibilidad, y en caso de ser viable debe remitirse el correspondiente proyecto de Ordenanza al Concejo Municipal, adjuntando los informes técnicos, financieros, legales y administrativos, así como la autorización para llevar adelante la obra requerida.
Una vez confeccionado el presupuesto original y vencido el plazo de publicación del registro de oposición, sin que se registren oposiciones superiores al cuarenta por ciento (40%), el Intendente autorizará la ejecución de la misma y la declarará de utilidad pública y pago obligatorio.
Este sistema de realización de obras a través de los Consorcios Vecinales es por ahorro previo del setenta por ciento (70%) del presupuesto oficial elaborado por las oficinas técnicas municipales, como requisito para la iniciación de la ejecución de la obra.
Texto completo de la Ordenanza: https://bit.ly/2Xs2z1f
Fundamentación
El proyecto de Consorcios Vecinales había sido presentado por el concejal Leandro Lamberti, quien al momento de su aprobación afirmó que surgió con el objetivo de “encontrar nuevas herramientas desde el ámbito legislativo, dando así alternativas al Ejecutivo y vecinos para que se pueda continuar con la obra pública y previendo los tiempos que nos depara el futuro, es mi opinión, que no serán tan propicios para la realización de grandes obras”.
El edil también destacó los aportes de sus pares en el trabajo en Comisión, donde surgieron “buenas propuestas que se incorporaron en el articulado”.
El concejal Fernando Cattaneo también destacó el análisis realizado del proyecto: “Todos coincidíamos que era una herramienta útil para los vecinos que tengan iniciativas de obras en su entorno”. También expresó luego que “debe quedar en claro que el Ejecutivo y el Concejo otorgan las aprobaciones finales, eso no deja de estar, se tiene que evaluar la utilidad pública. Deberemos prestar especial atención para que no se generen contrastes en la ciudad y que sectores muy cercanos entre sí no tengan la misma infraestructura, debemos ser prolijos a la hora de autorizar las obras y que las mismas tengan coherencia y no generen grandes diferencias”.
La concejala Andrea Ochat se sumó a estas declaraciones y aclaró que el espíritu de la nueva Ordenanza no exime al Municipio de su responsabilidad para con la obra pública por las vías habituales y tampoco esta nueva herramienta “debe ser considerada como un mecanismo por el cual algunos sectores más pudientes puedan pasar sobre otros sectores en relación a la prioridad en la realización de las obras más generales, como por ejemplo la de gas natural, y ahí claramente el Municipio tiene la responsabilidad de definir los sectores”.
Por su parte, el concejal Oscar Trinchieri recordó experiencias anteriores que fueron antecedentes de esta Ordenanza, cuestiones contempladas en la nueva herramienta, “la cual seguramente tendrá que sufrir modificaciones a medida que se implemente, pero que se transforma hoy en un gran mecanismo para vecinas y vecinos y la obra pública”.
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